La campaña de la Renta 2015 termina hoy

La campaña de la Renta 2015 termina hoy

30 junio, 2016
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Actualizado: 30 junio, 2016 7:00
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La campaña de la Renta 2015 entra en su último día. Los contribuyentes tienen hasta este jueves para presentar la declaración de la Renta 2015. Para poder acceder al borrador o consultar datos fiscales, hay que conocer el número de identificación fiscal, el importe de la casilla 490 de la declaración de la Renta 2014 y el número de móvil para recibir el SMS.

La Agencia Tributaria envía por correo ordinario el borrador o datos fiscales a los contribuyentes que lo solicitaron expresamente en la declaración del año anterior, por lo que los rezagados no tendrán este privilegio. Asimismo, hay que tener en cuenta que el borrador puede contener errores u omisiones de algunas deducciones, por lo que hay que comprobar que los números de Hacienda concuerdan. Estos son los 10 errores más comunes en el borrador.

En esta campaña de la Renta 2015 se ha contabilizado la rebaja fiscal aprobada en 2014. Entre otras, se ha incluido la reducción de los tipos del IRPF, la deducción para familias numerosas y la eliminación parcial de la deducción por alquiler de vivienda. Lea aquí todas las novedades de la primera campaña telemática de la Renta 2015.

Los contribuyentes que hayan obtenido unos rendimientos íntegros superiores a los 22.000 euros anuales están obligados a declarar el IRPF 2015. Asimismo, quienes perciban menos renta, pero tienen más de un pagador, o bien los ingresos de segundos y siguientes pagadores excede los 1.500 euros al año.

Aquellos que se han acogido a deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, o reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad también deberán presentar la declaración de la Renta.

Si hay algún error en la Declaración de la Renta 2015 y el contribuyente cae en el error después de presentarla, hay que hacer los siguientes pasos. Si el contribuyente constata errores u omisiones una vez enviada la Declaración de la Renta 2015 tiene que seguir dos cauces atendiendo a quién es el perjudicado si se trata de Hacienda o a él mismo.

Además, los contribuyentes deben seguir las directrices fijadas por cada Comunidad Autónoma, ya que pueden existir deducciones a las que tiene derecho, pero que Hacienda no ha tenido en cuenta. La mayoría se centra en el alquiler o los tramos de cada IRPF. Este año Hacienda ha puesto la lupa sobre los alquileres en negro e investiga por la Red y con los datos facilitados por los Ayuntamientos para detectar apartamentos turísticos ilegales.

Entre otras novedades, en los alquileres desaparece la deducción estatal por el arrendamiento de la vivienda habitual para todos aquellos inquilinos cuyos contratos de alquiler se firmaron a partir de 2015. Los inquilinos con contratos anteriores a esa fecha pueden seguir deduciéndose el 10,05% de las cantidades satisfechas en 2015 y años sucesivos mientras mantengan el contrato de alquiler de su vivienda habitual.

Para los propietarios existe una única deducción del 60% para el rendimiento neto declarado por el arrendamiento de la vivienda.

Para los propietarios que compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 mantienen el derecho a la desgravación, con un límite de 9.040 euros, siempre que hayan deducido por dicha vivienda en 2012 o años anteriores.

En cuanto al ahorro, cambian los tipos de IRPF en esta campaña de la Renta 2015. El tipo mínimo se sitúa en el 19,5% para las rentas inferiores a 12.450 euros, y un máximo del 46% para las que superen 60.000 euros.

El mínimo personal sube de 5.151 a 5.500 euros.

Los tipos para el ahorro y para para plusvalías, intereses y dividendos percibidos pasan al 19,5% y el 23,5%. Se elimina la exención del pago del IRPF que se aplicaba hasta 2014 a los primeros 1.500 euros de los dividendos: los inversores deben tributar por el total de las cantidades percibidas en el ejercicio. Las ganancias y pérdidas patrimoniales, incluso las generadas en un año o menos, se integran ahora en la base del ahorro.

Hay que tributar por las ayudas recibidas al comprar un coche a través del plan PIVE como si fueran una ganancia patrimonial.

Asimismo, las familias numerosas y por discapacidad tienen 1.200 euros anuales por cada una de estas deducciones a las que tienen derecho. Los contribuyentes han podido ir haciendo efectiva esa ayuda mediante un pago mensual anticipado, pero esa cantidad debe estar también incluida en la Renta 2015.

El contribuyente podrá desgravarse un 50% de los primeros 150 euros donados a ONGs, fundaciones o cualquier entidad sin ánimo de lucro y un 27,5% del resto de aportaciones, porcentaje que aumenta hasta el 32,5% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los últimos tres años.

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