La Junta aprueba la nueva regulación profesional de funcionarios y docentes
El Consejo de Gobierno aprobó hoy los decretos que regulan la carrera profesional horizontal y el proceso de evaluación del desempeƱo para los empleados pĆŗblicos de la Administración autonómica y de los docentes de la Comunidad. En el primer caso, para cumplir con los compromisos adquiridos la ConsejerĆa de la Presidencia aprobarĆ” antes de final de aƱo, y se publicarĆ” en el Bocyl, una Orden mediante la que se convocarĆ” el proceso ordinario de acceso a la carrera profesional, en la categorĆa profesional I, correspondiente al aƱo 2022, que se llevarĆ” a cabo mediante una evaluación simplificada hasta que vaya implantĆ”ndose progresivamente todo el mecanismo procedimental instaurado en el decreto.
AdemĆ”s, habrĆ” una convocatoria, con carĆ”cter excepcional y por una sola vez, que permitirĆ” el acceso extraordinario a la categorĆa profesional I de los empleados pĆŗblicos que, a 20 de septiembre de 2021, reuniendo los requisitos exigidos en la Orden PRE/1032/2021, de 9 de septiembre, no hubiese presentado su solicitud en el plazo seƱalado en la misma. Con estas actuaciones la ConsejerĆa de la Presidencia cumple con los compromisos adquiridos por la Junta de Castilla y León con los representantes sindicales de los empleados pĆŗblicos y reconoce a estos su esfuerzo y mĆ©ritos en el desempeƱo de sus funciones.
Quedan excluidos de estas convocatorias el personal estatutario que preste servicios en centros e instituciones sanitarias del servicio de Salud de Castilla y León, al tener su propio rĆ©gimen de carrera profesional horizontal, y el personal docente, funcionario o laboral que preste servicios en centros docentes pĆŗblicos de enseƱanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la ConsejerĆa competente en materia de educación, que tambiĆ©n tienen un sistema propio de carrera profesional horizontal, cuyo decreto regulador ha aprobado tambiĆ©n la Junta de Castilla y León en el Consejo de Gobierno de hoy.
La Administración autonómica llegó a un Acuerdo en la Mesa General de Negociación de los Empleados PĆŗblicos de la Comunidad de Castilla y León, en su reunión del dĆa 23 de julio de 2021, para el desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el Ć”mbito de la Administración General de Castilla y León y sus organismos autónomos. Dicho acuerdo fue aprobado, con carĆ”cter previo a su firma, por la Junta de Castilla y León en la reunión del Consejo de Gobierno del dĆa 22 de julio de 2021.
Este acuerdo preveĆa el acceso a la carrera profesional horizontal, mediante procesos ordinarios y extraordinarios, y estableció un calendario de apertura de acceso a las diferentes categorĆas en las que se estructura esta carrera. En cumplimiento de este calendario por Orden PRE/1032/2021, de 9 de septiembre, se convocó el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categorĆa profesional I (Bocyl de 10 de septiembre). Este proceso fue resuelto por Orden PRE/1312/2021, de 28 de octubre (Bocyl de 2 de noviembre).
Por otra parte, en el caso del personal docente, la carrera profesional valorarĆ” la actividad individual, la participación en la organización y funcionamiento del centro o servicio de apoyo y la actualización profesional. Se organizarĆ” en cuatro categorĆas y se retribuirĆ” cada una de ellas en función del grupo o subgrupo de pertenencia.
La ConsejerĆa de Educación considera necesario regular especĆficamente la carrera profesional horizontal del personal docente debido a las peculiaridades de este colectivo frente al resto de empleados pĆŗblicos. Concretamente, la temporización de la evaluación del desempeƱo es muy diferente ya que estĆ” Ćntimamente ligada al curso escolar. Asimismo, cree preciso regular el derecho de opción de los docentes para percibir el complemento especĆfico de formación permanente o sexenios.
La carrera profesional horizontal consiste en la progresión de categorĆa profesional sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo. En ella se valorarĆ” la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados y los conocimientos adquiridos. En el caso del personal docente, la carrera profesional valorarĆ” la actividad individual, la participación en la organización y funcionamiento del centro o servicio de apoyo y la actualización profesional.
Afecta a los docentes que prestan servicios en centros pĆŗblicos de enseƱanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la ConsejerĆa de Educación. Para disfrutar de la carrera profesional es necesario que exista una convocatoria y que el interesado lo solicite. La carrera profesional se organiza en cuatro categorĆas, definiendo cada una de ellas el grado de desarrollo alcanzado profesionalmente por el personal docente.