La Junta insiste ante el TS en que la ampliación del toque de queda es por preservar la salud
La Junta de Castilla y León prioriza el derecho a la vida en sus alegaciones ante el Tribunal Supremo al recurso del Gobierno contra el acuerdo del adelanto del toque de queda en la Comunidad que entiende como necesario y asegura que desde su aplicación se ha reducido en un 11 por ciento los contagios.
El presidente de la Junta, FernÔndez Mañueco, presentó hoy en rueda de prensa las alegaciones al recurso del Gobierno contra el acuerdo que, como autoridad, firmó el pasado 15 de enero por el que se determinan las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, que adelantó el toque de queda en la Comunidad desde las 22 a las 20 horas.
āEl toque de queda era, es y seguirĆ” siendo necesarioā, defendió FernĆ”ndez MaƱueco en su comparecencia, en la que se mostró convencido de la decisión que adoptó para proteger la vida -conforme a una sentencia del Tribunal Constitucional- y hacer el menor daƱo a la economĆa, aunque afirmó que, si fuera tumbado por el alto tribunal, la Junta cumplirĆ” āde inmediato la decisiónā, si bien se mostró confiado en que se les dĆ© la razón.
Subrayó el presidente que los contagios se multiplicaron por diez en la primera quincena de enero y que adoptó esa medida para frenar la expansión de la transmisión y despuĆ©s de escuchar a los expertos, a los consejeros, a las fuerzas polĆticas, alcaldes, presidentes de diputaciones, Federación Regional de Municipios y Provincias (FRMP)y sectores económicos.
āEs una medida lógica, justa y equilibrada que ha tenido el compromiso y el respaldo de los vecinos de Castilla y Leónā, aseguró FernĆ”ndez MaƱueco, que defendió un āacuerdo impecableā sustentado en razones sanitarias, epidemiológicas, sociales y jurĆdicas, ya que consideró que se ajusta a derecho y es una medida que podĆa tomar en base a las competencias otorgadas en la prórroga del estado de alarma del pasado mes de noviembre.
El presidente sostuvo que la forma de actuar del Gobierno āha consolidadoā esta medida porque, tras la comunicación al Gobierno, no se ha recibido ninguna respuesta formal, ni han pedido aclaraciones, o fundamentaciones jurĆdicas o sanitarias. A ello, unió que podĆa haber utilizado la vĆa polĆtica del acuerdo en el marco del Consejo Interterritorial de Salud o el requerimiento potestativo contencioso administrativo para que se anulase el acuerdo.
Sin embargo, indicó que el Gobierno ha acudido a la vĆa judicial, si bien aƱadió que āes curiosoā porque no utiliza las medidas cautelarĆsimas para pedir la suspensión inmediata del adelanto de toque de queda.
āSi el Gobierno cree que se vulneraban derechos fundamentales, no entiendo no entiendo por quĆ© no se ha ido por esa vĆaā, argumentó el presidente, que dudó de la legalidad de que el Gobierno recurra un acuerdo que consideró como suyo ya que Ć©l firma en función de competencias delegadas por el Ejecutivo central.
Las alegaciones, para defender que el acuerdo del presidente de la Junta se asienta en la legalidad y en que el derecho a la vida inspira el ordenamiento jurĆdico constitucional y permite el disfrute de otros derechos, se asientan en un juicio de idoneidad porque al limitar la movilidad y los contactos se frena la pandemia.
También, en el juicio de necesidad tanto por ser urgente para la salud pública como que no existen otras medidas mÔs moderadas para lograr con igual eficacia reducir los contagios; y el juicio de proporcionalidad porque conlleva mÔs beneficios para la protección de la vida y evitar mayores daños a terceros.
Frente a la invocación del Gobierno del interĆ©s general y la libertad de circulación de los ciudadanos que ve reducida en dos horas la movilidad, insistió en que tomó su decisión y dio prioridad a la protección de la vida y de la salud y la integridad fĆsica de las personas.
FernĆ”ndez MaƱueco apuntó, como se recoge en el acuerdo de 15 de enero, que los artĆculos 9 y 10 del Real-Decreto de prórroga del estado de alarma incluyó, lo que no hacĆa el anterior, la posibilidad de modular o flexibilizar el horario nocturno de movilidad, a lo que unió la disposición transitoria Ćŗnica, a la que no se refiere el Gobierno, que calificó de āesencialā porque seƱala que el toque de queda solo tendrĆ” eficacia mientras la autoridad competente delegada no lo cambie a travĆ©s de esa modulación, flexibilización o suspensión con el Ćŗnico lĆmite de que se circunscriba al horario nocturno.
Tras insistir en que su aplicación ha mejorado los datos epidemiológicos de la pandemia, aseguró que es una āmedida lógica, correcta y equilibradaā, cuando se le preguntó que otras comunidades tambiĆ©n estĆ”n bajando su incidencia sin haber acudido a un adelanto del toque de queda.
En el mismo sentido, respecto de que diez comunidades estĆ©n a favor pero no hayan adoptado esa vĆa, FernĆ”ndez MaƱueco expresó āel respeto profundoā a las decisiones de los presidentes y presidentas autonómicas en función de los datos sanitarios y epidemiológicos de sus territorios y en la āmejor forma de protegerā a sus habitantes.
āMi responsabilidad es proteger la vida y la salud de las personas de Castilla y León haciendo el menor daƱo posible a la economĆa. Esa es mi responsabilidad y en esa responsabilidad, desde luego, he tomado estas decisionesā, respondió en relación a sĆ habrĆ” alguna responsabilidad si el Supremo tumba el acuerdo de toque de queda.
SegĆŗn explicó, el Supremo tendrĆ” que decidir si el acuerdo es un acto eficaz y se mantiene el adelanto del toque de queda o por el contrario determina que se deben suspenden los efectos, ya que, como indicó, no entra en el fondo del asunto y la cuestión jurĆdica. AsĆ, insistió en si el Gobierno estĆ” legitimado para recurrir cuando su decisión como autoridad delegada es un acto propio del Gobierno de EspaƱa.
Por Ćŗltimo, reiteró que su āsentimientoā cuando tomó la decisión era salvar el mayor nĆŗmero de vidas y proteger el sistema hospitalario que āestaba abocado a un absoluto colapsoā y hacer el menor daƱo a la economĆa. āVolverĆa hacerloā, concluyó.