La multa a España por manipular el déficit, más cerca

La multa a España por manipular el déficit, más cerca

01 junio, 2017
|
Actualizado: 01 junio, 2017 11:43
|
PUBLICIDAD

La abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Juliane Kokott ha pedido desestimar el recurso de España contra la multa por manipular las estadísticas del déficit de Valencia.

Las conclusiones de esta abogada no son vinculantes, aunque sí son una referencia para los magistrados encargados de investigar el caso. De hecho, la sentencia final del tribunal suele alinearse con ellas en la mayoría de los casos.

El 13 de julio de 2015, el Consejo impuso a España una multa de 18,93 millones de euros porque los datos sobre déficits públicos notificados por el país eran incorrectos, después de que la Comunidad Valenciana enviara información errónea sobre sus gastos sanitarios a las autoridades estadísticas gubernamentales españolas.

Según la Comisión, esas negligencias en la información se habían producido desde 1988, pero no fue hasta 2011 cuando el Ejecutivo comunitario tuvo nuevos poderes para poder tratar ese tipo de problemas y pedir la multa al Consejo, por lo que la investigación afecta únicamente al periodo 2011-2012.

Si bien la petición de desestimar el recurso se dirigió al TJUE, que en la actualidad se ocupa del caso, la letrada propuso a esa corte comunitaria remitir el caso al Tribunal General en su futura sentencia, pues «a su entender es la jurisdicción competente en este caso».

Frente a las alegaciones de España de que se violó su derecho a la defensa porque desconocía las sospechas de Bruselas y, en consecuencia, suministró «material incriminatorio» a la Comisión, Kokott señaló que la función del derecho de defensa «no engloba el derecho a ser informado de las sospechas con la debida antelación». La abogada recalcó que esa situación permitiría «ocultar información de forma calculada a la Comisión» y subrayó la obligación de los Estados miembros de colaborar con la Unión.

Frente a las dudas españolas sobre la imparcialidad del equipo de investigación del Ejecutivo comunitario que analizó las cifras de déficit antes de pedir la imposición de la multa al Consejo, la abogada indicó que la Comisión no vulneró la «exigencia de imparcialidad» porque la sanción fue adoptada por el Consejo.

Kokott añadió que el Consejo aprobó la sanción «en virtud de una recomendación de la Comisión» que no fue emitida por el personal de la investigación, sino por el Colegio de Comisarios.

España también puso en cuestión «que se tergiversaran los datos» y sostuvo que los corrigió «en tiempo oportuno», pero la letrada replicó que el Estado miembro manipuló «ciertos datos» cuando notificó en marzo de 2012 cifras incorrectas basadas «en una infracción de las reglas contables».

La abogada agregó que la autoridad competente de la Comunidad Valenciana no informó, «por negligencia grave«, a la autoridad nacional competente de la incorrecta aplicación de las normas contables en el pasado. «Esta conducta debe ser imputada a España, de modo que esta tergiversó los datos de déficit mediando negligencia grave en la notificación que realizó a la Comisión en marzo de 2012», aseguró Kokott en sus conclusiones.

La abogada tampoco compartió la opinión española de que se debe reducir la multa hasta los 8,62 millones de euros e insistió en que el Consejo calculó correctamente el importe de la sanción.

Noticias Relacionadas: