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La restricción a la libertad de movimientos decretada por Sánchez para Madrid ya está en vigor

La restricción a la libertad de movimientos decretada por Sánchez para Madrid ya está en vigor

02 octubre, 2020
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Actualizado: 03 octubre, 2020 19:22
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La libertad de movimientos decretada por el Gobierno de PSOE-Unidas Podemos, presidido por Pedro Sánchez, en diez municipios madrileños, incluida la capital, entró en vigor a las 22.00 horas este viernes 2 de octubre.

Estas restricciones afectan a diez municipios madrileños donde residen un total de 4.786.948 ciudadanos: Madrid capital, Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla y Alcobendas.

En estas localidades no estará permitido entrar o salir salvo para actividades «adecuadamente justificados», como ir a trabajar o asistir a centros de salud o escolares, así como para realizar trámites administrativos o exámenes inaplazables.

Las reuniones en espacios públicos y privados quedan limitadas a seis personas, algo que se aplica en toda la región, con la excepción de que las personas sean convivientes o si se trata de actividades laborales e institucionales.

El aforo máximo en los lugares de culto será de un tercio, de quince personas en velatorios al aire libre -así como en la comitiva de un entierro o despedida para la cremación- o de diez personas si son velatorios en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Se reduce al 50 % el aforo máximo en los locales comerciales y servicios abiertos al público, que cerrarán no más tarde de las 22 horas, y la hostelería y locales de juegos y apuestas no admitirán clientes desde las 22 horas y no cerrarán más tarde de las 23 horas, además reducirán su aforo al 50 % en el interior y al 60 % en el exterior, y no estará permitido el consumo en barra.

En las instalaciones deportivas al aire libre el aforo máximo será del 60 % mientras que las de interior será del 50 %.

Escudero ha recordado que aunque se permite la circulación de personas dentro de los municipios con restricciones, se desaconseja a la población cualquier desplazamiento o actividad que no sea «imprescindible».

A la pregunta sobre si podrán asistir a espectáculos culturales las personas que residen fuera del municipio con restricciones en el que han adquirido una entrada, como puede ser la capital, Escudero ha dicho que, siguiendo la orden ministerial, no podrían asistir, pero ha indicado que cree que es «el Ministerio quien tiene que contestar».

El consejero ha indicado que esta orden sigue permitiendo que «miles de personas» sigan entrando en la Comunidad a través del aeropuerto o por vía ferroviaria, y «puede producirse el caso» de que una persona que resida en Madrid «no pueda ir a otro municipio» pero «un ciudadano de Lisboa» se pueda mover por la región.

«La orden de la Comunidad de Madrid es más estricta», ha aseverado el consejero, que ha recordado que la regional se regía por zonas básicas de salud y ahora los madrileños se pueden mover por todo un municipio.

En este sentido, cabe recordar que el Gobierno regional mantiene dicha estrategia de zonas básicas de salud en aquellas que tengan menos de 100.000 habitantes, lo que afecta al área de Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes) y a la de Humanes, y además se añaden restricciones a la zona básica de Villa del Prado.

Por ello, habrá dos órdenes, la del ministerio que entrará en vigor hoy a las 22:00 y la del Gobierno regional, que entrará en vigor el lunes y que aplicará restricciones para la zona de Villa del Prado y prorrogará la de las otras dos zonas que se mantienen.

Una de las diferencias entre las dos órdenes es en lo que respecta a los parques infantiles y jardines, ya que la orden ministerial contempla su apertura para los 10 municipios a los que afecta y, sin embargo, la orden de la Comunidad de Madrid establece su cierre en las tres zonas que se quedan fuera de lo establecido por el Ministerio.

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