Las operadoras no pagarán por el uso del espacio aéreo municipal

Las operadoras no pagarán por el uso del espacio aéreo municipal

12 julio, 2016
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Actualizado: 12 julio, 2016 10:23
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El Tribunal Supremo ha tumbado el recurso del Ayuntamiento zamorano de San Cebrián de Castro, presidido por el PP con mayoría absoluta, que pretendía cobrar a las operadoras por el uso del espacio aéreo.
Asimismo, el Tribunal Supremo ha rechazado que los municipios puedan cobrar una tasa a las operadoras por el uso del espacio aéreo que utilizan los clientes de estas compañías.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha considerado que la ordenanza fiscal aprobada en el Pleno de San Cebrián de Castro en 2013 vulnera la Constitución, la directiva europea del sector y la ley general tributaria.
«Es como si cada Ayuntamiento aspirara a imponer un canon por la navegación de aeronaves que circulen por encima del territorio local», sentencia el Supremo en su fallo.
Asimismo, el Supremo ha indicado que en caso de aplicarse se crearía una «duplicidad impositiva» manifiesta, al tiempo que tira de las orejas además de una «invasión de las competencias estatales». Y es que, el dominio público radioeléctrico «es de titularidad estatal».
Al recurso de San Cebrián de Castro se había sumado la Federación Nacional de Asociaciones y Municipios con Centrales Hidroeléctricas y Embalses.
El Tribunal de Castilla y León dio la razón a Telefónica Móviles España, S.A. y anuló la tasa que gravaba «el uso u ocupación del suelo o vuelo del dominio público local por clientes receptores de los servicios de las empresas operadoras de las telecomunicaciones».

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