Los requisitos de sanidad que también deben cumplir los chiringuitos de playa

Los requisitos de sanidad que también deben cumplir los chiringuitos de playa

04 agosto, 2017
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Actualizado: 04 agosto, 2017 8:59
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Los chiringuitos de playa que ofrecen comidas a sus clientes, deben cumplir con la normativa vigente en materia de sanidad a la hora de manipular los alimentos e informar sobre alérgenos.

Los abogados de Legálitas recuerdan que, además de los requisitos que marca sanidad en relación con los alimentos que se manipulan en la hostelería, restaurantes, bares, cafeterías, hoteles, etcétera, deben cumplir con el Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, conocida comúnmente como “Ley de Información Alimentaria”, que desde diciembre del año 2014 les obliga a informar sobre los alérgenos presentes en los alimentos que venden, siendo obligatorio informar sobre los que contienen, tales como:

Cereales que contengan gluten (trigo, centeno, cebada, avena, etc)
Crustáceos y productos a base de crustáceos
Huevos y productos a base de huevo
Pescado y productos a base de pescado
Cacahuetes y productos a base de cacahuetes
Soja y productos a base de soja
Leche y sus derivados
Frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueces, anacardos, etc)
Apio y productos derivados
Mostaza y productos derivados
Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo
Dióxido de azufre y sulfitos
Altramuces y productos a base de altramuces
Moluscos y productos a base de moluscos

Si disfrutando de una comida, merienda o cena en un chiringuito de playa, al igual que ocurre con cualquier otro bar o restaurante, el cliente sufre una intoxicación alimentaria, debe acudir lo antes posible a un centro médico, que además de tratar de revertir el estado de salud del cliente, pueda emitir un informe médico que acredite dicha intoxicación y cuál ha podido ser el origen.

El cliente perjudicado por comida en mal estado, puede cursar la hoja de reclamaciones e interponer denuncia ante el Departamento de Sanidad y Consumo de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Acudir a la vía judicial está recomendada para los casos más graves, para el resto, los abogados de Legálitas recomiendan una negociación extrajudicial en el que pueda llegarse a un acuerdo con la parte contraria sin necesidades de acudir a los tribunales.

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