La Audiencia Nacional avala la prohibición de la CNMV a las posiciones cortas

La Audiencia Nacional avala la prohibición de la CNMV a las posiciones cortas

01 septiembre, 2020
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Actualizado: 31 marzo, 2021 11:31
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La Audiencia Nacional avala el poder de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para prohibir las posiciones cortas en la Bolsa española y la imposición de multas por no cumplir esta normativa.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, adelantada por Cinco Días, la Audiencia Nacional desestima un recurso presentado por la gestora Renaissance contra la sanción impuesta por la CNMV, que multó a la compañía por elevar sus posiciones cortas en Liberbank en 2017, cuando el supervisor las había vetado.

En junio de 2017, la CNMV decidió prohibir las posiciones cortas sobre Liberbank tras observar la alta volatilidad de la cotización de sus títulos sin ver razones objetivas para ello.

La cotización del banco cayó durante varias sesiones tras la intervención del Banco Popular.

Dicha prohibición se levantó en noviembre, después de que Liberbank hubiera cubierto una ampliación de capital de 500 millones.

La gestora Renaissance se saltó esta prohibición y durante el veto elevó su posición corta neta en la entidad del 0,38 % al 0,42 % del capital.

La CNMV le impuso una multa de 150.000 euros por la comisión de una infracción muy grave.

Aunque la gestora alega que no creó nuevas posiciones cortas, sino que solo redujo sus inversiones alcistas, la Audiencia Nacional ha decidido dar la razón a la CNMV al considerar que la gestora actuó pese a «tener pleno conocimiento» de la prohibición del supervisor.

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