La CNMV mete en problemas a Plus 500, patrocinador del Atlético

La CNMV mete en problemas a Plus 500, patrocinador del Atlético

01 junio, 2018
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Actualizado: 01 junio, 2018 21:25
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La Comisión Nacional del Mercado de Valores, CNMV, ha puesto en problemas al principal patrocinador del Atlético de Madrid, Plus 500, y al resto de brókers dedicados a la venta de opciones binarias, un producto de altísimo riesgo con el que el inversor puede perder más del capital apostado.

A partir del próximo 2 de julio entra en vigor la prohibición de vender las opciones binarias a minoristas, al tiempo que el próximo 1 de agosto se pondrá límites a la comercialización de CFD, un producto con el que también se puede perder más del capital invertido.

Uno de los brókers más afectados por la prohibición del denominado guardián de los mercados es Plus 500, que tiene un contrato en vigor para publicitarse en la zamarra atlética hasta 2021. El bróker paga unos 11 millones de euros anuales y está en la elástica rojiblanca desde 2015, no sin polémica debido al negocio al que se dedica.

La prohibición de la CNMV afecta a la comercialización, distribución y venta a particulares, una medida que serviría para proteger a los incautos actores del mercado, ya que pueden perder más dinero del que invierten. Con este mecanismo de protección, los inversores no podrán entrar en números rojos por este tipo de productos.

No es la primera vez que Plus 500 y este tipo de brókers está en el ojo del huracán. Este mismo año y por motivo de la final de UEFA Champions League, la Asociación Francesa de Operadores de Fondos de Inversión y Proveedores de Servicios (AFCOPSI) pidió que no se retransmitiera el encuentro en televisión por la publicidad del Atlético ya que contravenía la ley francesa. Según la normativa, «cualquier transacción de patrocinio o patrocinio está prohibida cuando su propósito o efecto es la publicidad directa o indirecta de servicios de inversión relacionados con los contratos financieros definidos en el artículo L. 533-12-7 del Código Monetario y Financiero», motivo por el que exigió al club tapar la publicidad.

Productos de alto riesgo para traders particulares

Tras la crisis financiera y con unos estrechos márgenes de rentabilidad, los inversores particulares han encontrado en este tipo de productos de alto riesgo una ventana para dar el pelotazo en la Bolsa. No obstante, las estadísticas no fallan y el porcentaje de inversores particulares que pierde con estos productos ronda el 95%.

Las autoridades bursátiles han mostrado ahora su preocupación ante el creciente aumento de las ventas de CFD -contratos por diferencias-, un producto que utiliza altos niveles de apalancamiento para generar plusvalías, o por contra, cuantiosas pérdidas a los inversores particulares. Desde hace meses, los brókers tienen que advertir que se trata de productos desaconsejados para inversores particulares, con la máxima calificación en la escala de riesgos -6 sobre 6-.

Los CDF son acuerdos entre el comprador y el vendedor para intercambiar una diferencia de cotización en un activo subyacente, todo ello sin tener ningún derecho sobre la propiedad del activo subyacente. El principal aliciente para este tipo de operaciones es el apalancamiento y no así la diferencia. En este sentido, los inversores entran en el mercado con un capital del que no disponen, es decir, lo toman prestado del bróker para operar en su nombre.

Para entenderlo con un ejemplo sencillo recogido por Rankia, el inversor con una cuenta de 3.000 euros sobre el IBEX 35, cuyo multiplicador es de 10 euros. El inversor solo mueve un capital de 10 euros x el nivel de IBEX 35 x el número de contratos que queramos. De esta forma, si el IBEX 35 se sitúa en los 9.600 puntos, el nominal de la operación sería de 96.000. Aquí el bróker puede cobrar el 1% de la operación, es decir, 960 euros, pero la operación será sobre los 96.600 euros. Como se apuesta al alza del IBEX 35 y en el vencimiento del contrato el índice se sitúa en los 9.700 puntos, el inversor estaría ganando 100 puntos x los 10 euros x el número de contratos (1 en este caso). Es decir, 1.000 euros, un 33% sobre el total de la cuenta. El problema llega cuando el IBEX 35 en vez de subir cae, sería el inversor el que pagara la diferencia, un montante que se le restaría de la cuenta. En caso de turbulencias en los mercados, la volatilidad entra en escena y los subyacentes pueden dejar importantes huecos bajistas en las aperturas, por lo que en caso de no haber cerrado la operación a tiempo, los inversores pueden llegar a perder más de lo aportado.

Para evitar este excesivo apalancamiento, la ESMA ha limitado a 30 veces el apalancamiento del CFD sobre divisas como el euro, dólar y libra, a 20 veces el apalancamiento en divisas menos fuertes, oro e índices de Bolsa. El apalancamiento baja a 10 en caso del petróleo y otras materias primas, y de 5 a 1 para los valores de renta variable individuales.

De cara al bitcoin y el resto de criptodivisas, el regulador bursátil europeo lo limita únicamente a solo 2 veces, es decir, el inversor no podrá apostar más de 6.000 euros si tiene 3.000 en la cuenta.

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