La CNMV: «No es previsible que las acciones de Banco Popular»

La CNMV: «No es previsible que las acciones de Banco Popular»

07 junio, 2017
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Actualizado: 07 junio, 2017 14:42
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La Comisión Nacional de Mercados y Valores se ha pronunciado por primera vez en las últimas jornadas sobre la situación del Popular para afirmar que los accionistas y bonistas de la deuda de mayor riesgo lo han perdido todo.

El regulador de la Bolsa española ha explicado que «ha prestado la máxima atención durante los últimos meses a la situación de Banco Popular Español S.A. y a la evolución en el mercado de los valores por él emitidos, realizando numerosas actuaciones al respecto en el ejercicio de sus facultades como autoridad de supervisión del mercado de valores». Asimismo, añade que algunas de ellas «siguen actualmente en curso».  No descarta, por otro lado, iniciar actuaciones adicionales en el ejercicio de sus facultades de supervisión de la información financiera y el abuso de mercado.

En particular, la CNMV ha seguido estrechamente la evolución de la cotización y la situación informativa existente en cada momento en el mercado aplicando las disposiciones legales correspondientes, en especial las relativas a la posibilidad de suspender la negociación de valores cotizados en mercados regulados, pero suspendiéndola de cotización en el último día de su existencia, sin que los accionistas y bonistas pudieran hacer ningún tipo de movimiento.

El rescate del Popular, realizado tras una adjudicación del BCE al Santander, es un procedimiento similar al de un concurso de acreedores, pero responde a las características especiales de las entidades financieras.

«No es previsible que las acciones de Banco Popular Español S.A. vuelvan a cotizar», ha continuado el regulador. Con respecto al resto de valores suspendidos, la CNMV levantará la suspensión lo antes posible.

Primero se realiza una reducción del capital social a cero que ha determinado la amortización (extinción) de todas las acciones del banco admitidas a negociación en bolsa; seguida de la conversión en acciones de los bonos contingentes convertibles que el banco tenía emitidos, y una segunda reducción de capital a cero que ha determinado igualmente su amortización; y continuar con la conversión en acciones de los bonos subordinados que igualmente tenía emitidos el banco (parte de los cuales habían sido distribuidos entre clientes minoristas a través de la red de oficinas de la entidad); y la venta, a través de un proceso competitivo de subasta, en el que ha resultado adjudicatario Banco Santander S.A., por un euro en total, de todas las acciones resultantes de la conversión de los bonos subordinados a los que acaba de hacerse referencia.

Todas estas actuaciones excepcionales se han acordado y ejecutado al amparo de lo previsto en la nueva normativa europea y española sobre resolución de situaciones de crisis de entidades financieras (principalmente el Reglamento UE 806/2014 y la Ley española 11/2015). Esto es el llamado bail-in, rescate interno que implica que sean en primer lugar los accionistas y a continuación los titulares de ciertos instrumentos financieros los que soporten las pérdidas de las entidades en crisis.

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