Así se saltan algunos notarios la Ley de Segunda Oportunidad

Así se saltan algunos notarios la Ley de Segunda Oportunidad

27 junio, 2017
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Actualizado: 27 junio, 2017 9:58
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Algunos notarios obstaculizan el acceso a la Ley de Segunda Oportunidad, que permite cancelar las deudas. Entre otras, estos notarios cobran por la designación del mediador concursal, pese a que la ley estipula que este hecho no conlleva ningún coste.

Así lo ha expuesto Repara Tu Deuda, que ha denunciado la actuación de algunos notarios en el correcto cumplimiento de esta normativa. Tal y como indica la legislación (artículo 242 bis de la Ley), las actuaciones notariales o registrales descritas en el artículo 233 de Ley Concursal no devengarán retribución arancelaria alguna, aunque sí las del mediador y las comunicaciones.

«Algunos notarios obstaculizan el acceso a la Ley de la Segunda Oportunidad porque quieren cobrar la designación del mediador concursal. De este modo, incumplen la Ley solicitando incluso provisiones de fondos de alrededor de 400 euros (terminante prohibidas según los colegios notariales) o, en otros casos, se niegan a atender al cliente justificando que no tienen horas disponibles», ha asegurado la compañía.

La mala praxis de parte de estos notarios dificulta el acceso a la ley para facilitar un nuevo comienzo a las personas endeudadas. Tal y como establece la Ley Concursal, las personas físicas que quieren acogerse al procedimiento extrajudicial de pagos han de presentar la solicitud ante el notario del domicilio del deudor. El notario colabora en esta primera fase de designación de mediador. «La Ley es muy clara en este aspecto y por eso queremos dar a conocer esta grave problemática que entorpece la aplicación», afirma.

Desde distintos colegios de notarios de España y, a pesar de no haberse pronunciado, reconocen que la designación debe realizarse de forma gratuita. En este sentido, la empresa ha asegurado que los intereses económicos de los notarios están en algunos casos por encima del servicio público que deben de ofrecer, inclusive solicitando provisiones de fondo de forma irregular, en lugar de aceptar realizar la designación, emitir la minuta al cliente y darle la opción a este con la ley en la mano que la impugne.

«Cada día estamos firmando en notarias que interpretan correctamente la Ley y colaboran plenamente designando al mediador de forma gratuita y cobrando solo por las comunicaciones. En cambio, en otros casos, protocolizan el mayor número de hojas posibles al acta para hinchar de esta manera su minuta después de solicitarles que limiten el número de hojas a la documentación mínima e imprescindible que se precisa para este acto», han considerado.

La Ley de la Segunda Oportunidad contempla, a grandes rasgos, que las personas físicas insolventes puedan acogerse a la ley cumpliendo ciertos requisitos y después de intentar un acuerdo extrajudicial si este no se ha materializado solicitar la cancelación de todas las deudas exceptuando las contraídas con la Seguridad Social y Hacienda, que tienen un trato diferente. Desde que la Ley de la Segunda Oportunidad fue aprobada, el 14 de julio de 2015, el número de personas que exoneran sus deudas gracias a la nueva legislación va en alza.

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