Montoro aplica a Junqueras ‘medidas coercitivas’ por el déficit

Montoro aplica a Junqueras ‘medidas coercitivas’ por el déficit

07 abril, 2016
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Actualizado: 07 abril, 2016 0:00
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El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha enviado una carta a la Generalitat en la que advierte que aplicará «medidas coercitivas» si no cumple el objetivo del déficit y le da 15 días para que efectúe una «retención» de la disponibilidad del crédito con el objetivo de cumplir con el mismo. En una carta dirigida al conseller de Economía, Oriol Junqueras, el ministro da a la Generalitat 15 días para que apruebe la «no disponibilidad de créditos» y efectúe la correspondiente retención de créditos que garantice el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria establecido.

La Generalitat estima que las medidas para reducir el déficit que le reclama el Gobierno supondrían un ajuste para Cataluña de como mínimo 1.000 millones de euros. El secretario de Economía del Govern, Pere Aragonès, ha dicho hoy en una entrevista en Catalunya Ràdio que este recorte equivaldría, por ejemplo, a cerrar durante un año las prisiones y la administración de justicia, además de los tres principales hospitales catalanes.

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha enviado una carta a la Generalitat en la que advierte de que aplicará «medidas coercitivas» si no cumple el objetivo del déficit y le da 15 días para que efectúe una «retención» de la disponibilidad del crédito con el objetivo de cumplir con el mismo.

En la entrevista, Aragonès ha acusado al Gobierno español de querer recentralizar el Estado por la vía económica y ha recordado que esto lo intenta hacer a través de un Ministerio de Hacienda que «está en funciones».

«Hay una clara intencionalidad política de aprovechar el proceso de consolidación fiscal para recentralizar competencias», ha declarado Aragonès, que ha subrayado que la mayoría de comunidades han incumplido el objetivo de déficit y, por tanto, también deben haber recibido la carta de Montoro.

Según los datos del Ministerio de Hacienda, Cataluña cerró 2015 con un déficit del 2,7%, mientras que el objetivo marcado era del 0,7%.

En la carta, Montoro recuerda que el déficit de Cataluña supera el objetivo de estabilidad presupuestaria que tenía fijado para el año 2015, el 0,7 %, y que dicho incumplimiento conlleva también el incumplimiento del plan de ajuste que Cataluña tiene en vigor, al haber estado adherida a los mecanismos adicionales de financiación para las comunidades autónomas para cumplir con el objetivo de déficit fijado.

Este incumplimiento, continúa la carta de Montoro, da lugar a la aplicación de «medidas coercitivas» previstas en los artículos 25 y 26 de la Ley Orgánica de 2012.

Para la adopción del acuerdo de no disponibilidad de créditos, según precisa la carta, hay que tener en cuenta que Cataluña dispondrá en 2016 de un importe total de 17.349,87 millones de euros en concepto de recursos del sistema de financiación de Comunidades Autónomas sujetos a liquidación, que suponen un incremento respecto a los percibidos en 2015 de 1.862,18 millones.

También recuerda que hay que considerar los ahorros derivados de las medidas adoptadas por el Gobierno de reducción de costes financieros de los préstamos formalizados con cargo a mecanismos adicionales de financiación a comunidades autónomas, que para el año 2016 el ministerio estima que 1.019,66 millones corresponderán a Cataluña.

«Esta financiación adicional -añade- facilitará a la comunidad atender la no disponibilidad solicitada y cumplir con la regla de gasto, sin determinar necesariamente, y siempre en función del presupuesto vigente para 2016, una reducción del gasto en relación con lo ejecutado en el ejercicio anterior».

La carta de Montoro finaliza diciendo que, una vez que el Ministerio de Hacienda reciba el acuerdo que se haya adoptado por parte de Cataluña, «se evaluará convenientemente» para determinar si cumple con lo previsto en la ley.

Las medidas coercitivas

El artículo 25 de la Ley de estabilidad presupuestaria establece que en caso de falta de presentación, de falta de aprobación o de incumplimiento del plan económico-financiero o del plan de reequilibrio, o cuando el periodo medio de pago a los proveedores de la Comunidad Autónoma supere en más de 30 días el plazo máximo de la normativa de morosidad durante dos meses consecutivos a contar desde la comunicación prevista en el artículo 20.6 la Administración Pública responsable deberá:

– Aprobar, en el plazo de 15 días desde que se produzca el incumplimiento, la no disponibilidad de créditos y efectuar la correspondiente retención de créditos, que garantice el cumplimiento del objetivo establecido. Dicho acuerdo deberá detallar las medidas de reducción de gasto correspondientes e identificar el crédito presupuestario afectado, no pudiendo ser revocado durante el ejercicio presupuestario en el que se apruebe o hasta la adopción de medidas que garanticen el cumplimiento del objetivo establecido, ni dar lugar a un incremento del gasto registrado en cuentas auxiliares, a cuyo efecto esta información será objeto de un seguimiento específico. Asimismo, cuando resulte necesario para dar cumplimiento a los compromisos de consolidación fiscal con la Unión Europea, las competencias normativas que se atribuyan a las Comunidades Autónomas en relación con los tributos cedidos pasarán a ser ejercidas por el Estado.

-Constituir, cuando se solicite por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, un depósito con intereses en el Banco de España equivalente al 0,2% de su Producto Interior Bruto nominal. El depósito será cancelado en el momento en que se apliquen las medidas que garanticen el cumplimiento de los objetivos.

– Si en el plazo de 3 meses desde la constitución del depósito no se hubiera presentado o aprobado el plan, o no se hubieran aplicado las medidas, el depósito no devengará intereses. Si transcurrido un nuevo plazo de 3 meses persistiera el incumplimiento podrá acordar que el depósito se convertirá en multa coercitiva.

2. De no adoptarse alguna de las medidas previstas o en caso de resultar éstas insuficientes el Gobierno podrá acordar el envío, bajo la dirección del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de una comisión de expertos para valorar la situación económico-presupuestaria de la administración afectada. Esta comisión podrá solicitar, y la administración correspondiente estará obligada a facilitar, cualquier dato, información o antecedente respecto a las partidas de ingresos o gastos. La comisión deberá presentar una propuesta de medidas y sus conclusiones se harán públicas en una semana. Las medidas propuestas serán de obligado cumplimiento para la administración incumplidora.

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