Nuevo revés judicial a Competencia: anulada la macromulta a Valoriza (Sacyr)

Nuevo revés judicial a Competencia: anulada la macromulta a Valoriza (Sacyr)

23 enero, 2018
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Actualizado: 23 enero, 2018 15:17
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, ha recibido un nuevo revés judicial por una de sus multas y sanciones. Esta vez ha sido la Audiencia Nacional, que ha anulado la multa de 15,29 millones impuesta a Valoriza (Sacyr).
Competencia sancionó con 98,2 millones a 39 empresas en enero de 2015 por repartirse supuestamente el mercado de gestión de residuos y saneamiento urbano.  En su sentencia, ante la que cabe recurso de casación y al que ha tenido acceso Efe, la Sección Sexta de la Salda de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional estima el recurso interpuesto por Valoriza por considerar que no ha quedado acreditado que la compañía cometiera la infracción «única y continuada» que le imputó la CNMC.
Antes de este fallo, la Audiencia Nacional anuló la sanción de 20 millones de euros impuesta a Repsol también en 2015 por una presunta infracción de coordinación de precios con otras compañías. Asimismo, la Audiencia Nacional anuló  la millonaria multa de Competencia a Telefónica, Vodafone y Orange. Competencia multó a las operadoras con 120 millones por abuso de posición de dominio en SMSs y MMSs.
En 2015, la CNMC multó a Urbaser (ACS), FCC, Valoriza y Cespa (Ferrovial), junto a otras 35 empresas y patronales, por considerar que entre 2000 y 2013 se repartieron, de forma continuada y en numerosas regiones españolas, las licitaciones públicas en gestión de residuos industriales, recuperación del papel y cartón y en la actividad de saneamiento urbano.
Valoriza recurrió la sanción, entre otros motivos, por la inexistencia de una infracción única y continuada, porque las sancionadas no competían entre sí, pues actuaban en ámbitos distintos, y nunca había asistido a ninguna reunión ni había tenido relación alguna con el resto de multadas.
No obstante, en su fallo, la Audiencia Nacional apunta que no se discute si la conducta de Valoriza, que fue sancionada por repartirse con Cespa y Urbaser la explotación de dos plantas de Valdemingómez, en el sector y en ámbito geográfico mencionados pueda ser reprochable desde el punto de vista de las normas de competencia.
Lo que se discute es si dicha conducta tiene encaje o no en la infracción «única y continuada» que le imputó la CNMC y por la que fue sancionada «cuando no hay en todo ello base para suponer que participase o tuviera conocimiento, en un objetivo común de un plan conjunto de actuación en el que intervinieran otras empresas cuya relación con la recurrente es, simplemente, inexistente».
A juicio del tribunal, los argumentos empleados por la CNMC a las alegaciones de las empresas no consiguen «solventar el escollo de la ausencia de cualquier prueba que acredite la concurrencia -en lo que respecta a Valoriza- de los requisitos que definen la infracción única y continuada según la jurisprudencia europea».
Entre esos requisitos, cita la existencia de un plan global que persiga un objetivo común, la contribución intencional de la empresa en ese plan y el hecho de que hubiera tenido conocimiento (demostrado o presunto) de los comportamientos infractores de los demás participantes.
Basándose en el mismo razonamiento, la misma Sala anuló en otra sentencia la sanción de 100.000 euros que fue impuesta por la CNMC, dentro del mismo expediente, a la Asociación de Empresas de Limpieza Pública (Aselip).

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