Operaciones vinculadas: ¿Qué debo saber?

Operaciones vinculadas: ¿Qué debo saber?

05 marzo, 2021
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Actualizado: 05 marzo, 2021 12:18
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Tal vez hayas escuchado el término operaciones vinculadas y te preguntes qué significa. Se trata de un concepto muy común en el ámbito de la valoración de empresas y negocios. Empezamos por contarte que estas operaciones se han practicado siempre. Pero a raíz de la crisis económica de 2008, se han generalizado. Por ello la legislación se ha actualizado para contemplar este tipo de transacciones.

Se consideran operaciones vinculadas todas aquellas compraventas de bienes y servicios que tienen lugar entre personas físicas o jurídicas entre las que existe vinculación. Por ejemplo:

  • Empresas pertenecientes al mismo grupo. También aquellas que tienen accionistas comunes o comparten administradores.
  • En los casos en que exista una relación familiar de primer o segundo grado entre las personas que realizan la operación.

En España, las operaciones vinculadas han cobrado especial protagonismo debido a las concentraciones empresariales que se han producido tras la crisis (tanto de bancos como de otras empresas).

¿Cómo se declaran las operaciones vinculadas?

La Ley del Impuesto sobre Sociedades especifica en su artículo 18 que las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas deben valorarse por su valor normal de mercado. Es decir, aquel valor acordado por personas o entidades en condiciones que respeten el principio de libre competencia.

Así, las empresas están obligadas a documentar y declarar las operaciones vinculadas. Estas operaciones se declaran en el impuesto sobre sociedades. Para ello es necesario presentar el modelo 232. Pero hay excepciones a esta regla: si el importe de la operación es inferior a 250.000€ no será necesario aportar documentación. Sin embargo, la valoración de la operación a precio de mercado sigue siendo obligatoria en este caso.

También existen exenciones: las empresas con una cifra de negocio inferior a 10 millones de euros no necesitan documentar aquellas operaciones vinculadas de un importe inferior a 100.000 € de valor de mercado.

En caso de duda ponte en manos de profesionales

En caso de que Hacienda determine que una empresa ha declarado un valor de la operación no se ajusta a la realidad, deberá liquidar la diferencia. Además, la empresa recibirá una sanción económica. Además debemos tener en cuenta que las inspecciones relacionadas con este tipo de operaciones son cada vez más frecuentes. En AtValor realizamos valoraciones de operaciones vinculadas para que puedas estar seguro de que cumples con la normativa vigente. ¡Déjate asesorar por profesionales!

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