Caso ITV: Oriol Pujol, al banquillo de los acusados
miércoles 02/05/2018
Actualizado: 02/5/2018 11:25
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Oriol Pujol Ferrusola, el llamado a heredar el trono de Artur Mas y Jordi Pujol, irá finalmente a juicio. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha rechazado el recurso para defender su pacto con la Fiscalía, ya que no todas las defensas se han adherido al mismo.

El TSJC ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, al que se han adherido las defensas de Ricard Puignou Vigo, Oriol Pujol Ferrussola, Anna Vidal Maragall y Sergi Pastor Colldeforns, y desestimar los recursos de apelación interpuestos por las defensas de Josep Tous Andreu y Sergi Alsina Jiménez, contra el auto del pasado 13 de diciembre de 2017. De esta forma, todos ellos irán a juicio.

El fiscal impugnó el auto del pasado 13 de diciembre de 2017, donde se resuelven las cuestiones previas planteadas por las defensas de los Sres. Tous y Alsina, acusados en autos. En ese auto de hace casi cinco meses se tumbaba el acuerdo por el ex número dos de la extinta Convergència (CDC) se declaraba culpable con una pena de dos años y medio de cárcel. La Audiencia de Barcelona, sin embargo, anuló esa conformidad porque no ha sido firmada por todos los acusados en el caso ITV, que ha puesto al descubierto el pago de sobornos en deslocalizaciones industriales de Cataluña y el amaño de adjudicaciones públicas en los concursos de estaciones de la ITV.

Josep Tous aseguraba que el pacto vulneraba su derecho de defensa, los mismos argumentos esgrimidos por Sergi Alsina, amigo íntimo de Pujol y gran beneficiado por intermediar en deslocalizaciones industriales de Sony, Yamaha y Sharp. Tous indicaba que sus posibilidades de quedar absuelto se veían reducidas si iba a juicio con la confesión de quienes le pagaron cantidades mensuales, presuntamente, por interceder a favor suyo en el negocio de las ITV.

Sergi Alsina y Josep Tous se niegan a suscribir el acuerdo. El fiscal lo puso por escrito de forma «un tanto vaga»

En dicho testimonio, efectivamente, consta cómo, tras la expresa conformidad de los acusados mencionados, se recoge, textualmente: “oponiéndose a la misma el investigado Sergi Alsina y Josep Tous Andreu”, fórmula un tanto vaga, en el sentido de desconocer si ello quiere decir que estos dos acusados no mostraban su conformidad o si, ya desde ese momento, se oponían a una conformidad parcial. Lo cierto es que, verificada la grabación realizada en soporte informático de la dicha audiencia preliminar (que también ha sido aportada por el Ministerio Fiscal), se constata que las dichas defensas manifestaron, simplemente, su oposición al nuevo escrito de conclusiones propuesto por la acusación pública, por no ceñirse, alegaron, a la realidad de lo acontecido.

En todo caso, el artículo 31 LOTJ no prevé que en ese momento de la audiencia preliminar -que se celebra, no lo olvidemos, ante el Juez Instructor- pueda proponerse una conformidad de los acusados con las conclusiones de la Fiscalía (de hecho, la LOTJ contempla la posibilidad de la conformidad en su artículo 50, una vez formado el Jurado).

Lo que es evidente es que la defensa de Josep Tous, al amparo del artículo 36 LOTJ -y, por tanto, en el momento procesal oportuno, al tiempo de personarse las partes ante el Tribunal del Jurado- sí planteó, en lo que aquí ahora importa, como cuestión previa, que la posibilidad de una conformidad de sólo una parte de los acusados, infringía el derecho fundamental a la defensa de aquellos otros que no querían participar de la misma, interesando la denegación de esa conformidad parcial.