¿Por qué puede subir o bajar mi nómina en enero?
La nómina de enero puede traer alegrías, pero también sustos respecto a la nómina de diciembre. Y es que, pueden surgir diferencias debido a los eventuales cambios en la situación personal del trabajador.
Estos cambios pueden ser por ejemplo para aquellos que hayan iniciado la relación laboral a mediados del año pasado y continúen todo este 2017 en la empresa, tener un hijo, contratar un plan de pensiones y un largo etc… Detalles que deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar retenciones.
Las subidas o bajadas de sueldo también se pueden derivar si la empresa realiza de forma correcta o incorrecta las rentenciones por los distintos conceptos de la nómina -como el IRPF, subidas salariales, nuevos pagos por complementos pactados, los pagos en especie…- Todos estos conceptos deben estar registrados en la nómina del primer mes del año, por lo que puede haber diferencias, a veces notables, respecto a la hoja de salario correspondiente a diciembre.
Cabe recordar que todas las empresas están obligadas a realizar una retención en función de los tramos del IRPF, un porcentaje fijado por el Ministerio de Hacienda, y que está a disposición de los empresarios. Este porcentaje no es el mismo incluso en el mismo tramo del IRPF, ya que cada trabajador tiene sus propias características fiscales y personales.
La variación personal del trabajador puede subir o bajar la nómina
Así, un incrementado del salario justo en el primer del año, hayas sido padre/madre, abierto un plan de pensiones, o cualquier otra operación que repercute en el IRPF, el porcentaje aplicado en la retención varía.
De esta forma, el coeficiente de retención será mayor en caso de recibir un incremento de sueldo que suponga un tramo mayor en la escala del IRPF. En caso de estar en este supuesto, el trabajador no sólo debe tener en cuenta el «efecto óptico» de tener más dinero en la cuenta corriente, ya que debe comparar bien la nómina y las retenciones respecto a la hoja de salarios de diciembre de 2016.
Y es que, el salario anual bruto puede ser inferior y recibir más dinero en cuenta. En este sentido, el porcentaje de retención disminuye con el salario, por lo que una bajada suficiente produce este “efecto óptico”.
El efecto óptico de la nómina: Atención a las retenciones
En caso contrario, si el sueldo ha disminuido, por diversas y motivadas razones, como una situación de dificultad económica o un pacto con la plantilla, hay que verificar que se ha aplicado el porcentaje de reducción sobre los conceptos pactados, que pueden ser, por ejemplo, todos los que están al margen del salario base.
No obstante, en caso de que haya error alguno y no se haya subsanado, Hacienda lo arreglará en el ejercicio siguiente con la campaña de la Renta. Asimismo, también procede realizar al menos un borrador de la Renta para aquellos trabajadores que no tienen obligación de presentar su declaración, ya que es la única forma de comprobar que el cálculo es correcto.
Si congelan el salario
En caso de una congelación del salario y aplicando un incremento del IPC, existen mecanismos legales para mantener el ingreso neto invariable. Según la OCU, se consigue subiendo un concepto de la nómina, por ejemplo, el salario base, y menguando en la misma proporción un concepto susceptible de “compensación” o eliminando dicha cifra de un concepto “absorbible”. El mecanismo de absorción y compensación es perfectamente legal y en la práctica sirve para dejar el salario como estaba.
Asimismo, los trabajadores deben repasar la nómina siempre, comprobando que el IRPF corresponde a la situación personal -soltero, casado, con o sin hijos, manutenciones, con hipoteca anterior a 2012…-; los trienios o quiquenios de antigüedad, si están pactados; los días festivos, horas extras, etc…