Tribunal UE rechaza recurso El Corte Inglés contra Carrefour por marca Supeco

Tribunal UE rechaza recurso El Corte Inglés contra Carrefour por marca Supeco

24 mayo, 2016
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Actualizado: 24 mayo, 2016 0:00
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Bruselas, 24 may.- El Tribunal General de la Unión Europea (UE) desestimó hoy el recurso de El Corte Inglés contra Carrefour por la utilización del nombre «Supeco» para su nuevo formato de hipermercado, que los grandes almacenes españoles denunciaron por su parecido con sus supermercados «Supercor».

El gigante francés podrá explotar el nombre de «Supeco» tras concluir el Tribunal General que el recurso de El Corte Inglés no indica «con claridad y precisión los productos y servicios en los que basa su oposición».

El Corte Inglés alegó en su recurso que, al llevar a cabo la comparación de los servicios, «debían haberse tenido en cuenta determinados servicios no mencionados en su escrito de oposición pero protegidos por su marca, entre los que se encuentran las subastas», explicó el comunicado del Tribunal.

Al no haberlo hecho así, la Sala de Recurso del Tribunal «concluyó erróneamente que no había similitud entre los servicios protegidos por la marca de El Corte Inglés y, por otro lado, las subastas y los servicios de venta al por menor» designados por la marca solicitada por Grup Supeco Maxor (anteriormente Carrefour).

En su sentencia dictada hoy, el Tribunal añadió que «no se le puede exigir a la Sala de Recurso que tenga en cuenta productos y servicios no mencionados en el escrito de oposición».

Por tanto, el Tribunal consideró que la Sala de Recurso obró correctamente «al comparar únicamente los servicios mencionados en el escrito de oposición con los servicios impugnados designados por la marca solicitada por Grup Supeco Maxor».

«Que una marca preste determinados servicios y tenga notoriedad como explotador de esos servicios no significa que la marca de la que es titular proteja necesariamente dichos servicios, ni, con mayor razón, que las oposiciones que pueda formular estén a su vez basadas en esos servicios», determinó el Tribunal General.

En abril de 2012 Carrefour solicitó el registro de «Supeco» como marca comunitaria, a lo que el Corte Inglés formuló oposición cuatro meses más tarde apoyándose en la existencia de su marca «Supercor» basándose en el riesgo de confusión entre ambos nombres.

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) -antigua OAMI- estimó parcialmente en 2014 la oposición de El Corte Inglés y denegó el registro de la marca «Supeco».

Grup Supeco Maxor recurrió el veredicto ante la propia EUIPO, que determinó que la sentencia anterior erró al estimar la oposición «para las subastas y para los servicios de venta al por menor», ya que estos no figuraban en el recurso presentado por El Corte Inglés, y estimó parcialmente el recurso de Supeco.

Contra las sentencias del Tribunal General puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE en el plazo de dos meses contado a partir de su notificación, si bien el recurso de casación está limitado a las cuestiones de Derecho. EFE

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