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Vítores y gritos de ‘independencia’ para el etarra Otegi en su salida de prisión

Vítores y gritos de ‘independencia’ para el etarra Otegi en su salida de prisión

01 marzo, 2016
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Actualizado: 01 marzo, 2016 0:00
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El etarra Arnaldo Otegi ha abandonado la prisión de Logroño a las 08.55 horas, entre aplausos y vítores de las cerca de 200 personas que han acudido a recibirle, entre las que figuran su mujer, su hijo y su padre, junto con socios de Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat, como la ‘cupera’ Anna Gabriel y diputados de ERC. No ha cumplido los diez años de prisión a los que fue condenado.

Numerosas ikurriñas y pancartas de bienvenida y a favor del acercamiento de los presos etarras al País Vasco han recibido a Otegi al salir del centro penitenciario logroñés, donde ha permanecido seis años y medio por tratar de reconstruir la ilegalizada Batasuna bajo las órdenes de ETA.

Uno de sus primeros abrazos ha sido con su hijo, mientras que algunos de los asistentes gritaban en euskera «independencia«. La previsión es que Otegi pronuncie unas palabras a quienes han acudido a recibirle, para lo que Sortu, partido del que ha sido secretario general desde la prisión, ha colocado un atril en las inmediaciones de la cárcel, en donde se encuentran cerca de un centenar de periodistas.

Los líderes radicales de la CUP y de Podemos afirman que Otegi fue condenado por defender «ideas». No obstante, la sentencia del Supremo, de 175 páginas, no habla de ideas, sino de la refundación de la ilegalizada Batusuna a órdenes de ETA:

«Que debemos condenar y condenamos a ARNALDO OTEGI y RAFAEL DÍEZ USABIAGA, como responsables en concepto de autores, sin la concurrencia de circunstancias modifcativas de la responsabilidad criminal, de un delito de pertenencia a organización terrorista, en grado de dirigentes, a las penas de diez años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez años, además del abono por cada uno de una octava parte de las costas procesales devengadas, incluidas las de la acusación popular», reza la sentencia.

«Que debemos declarar HABER LUGAR PARCIALMENTE a los recursos de casación por infracción de ley dirigidos por ARNALDO OTEGUI MONDRAGÓN, (…) y por extensión (artículo 903 LECrim.) a los de SONIA JACINTO y MIREN ZABALETA frente a la sentencia dictada por la Sala de lo Penal, sección cuarta, de la Audiencia Nacional en fecha 16/09/2011, en causa seguida a los mencionados por delito de pertenencia a organización terrorista, casando y anulando también parcialmente la misma, declarando de oficio las costas de los respectivos recursos», finaliza.

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