Las entidades financieras tendrán la obligación de identificar entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2017 la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de cuentas financieras a diciembre de 2016. La cuenta se bloqueará si en el plazo de 90 días el titular no facilitad dicha información. Analizamos este nuevo decreto de Hacienda con José Antonio Almoguera, asesor de Megaconsulting.
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