15 medidas para incentivar los planes de pensiones
Ángel Martínez-Aldama, presidente de Inverco, la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, que agrupa prácticamente a la totalidad de las Instituciones de Inversión Colectiva españolas (Fondos y Sociedades de Inversión), a los Fondos de Pensiones españoles, y a las Instituciones de Inversión Colectiva extranjeras registradas en la CNMV a efectos de su comercialización en España, así como a diversos Miembros Asociados.

15 medidas para incentivar los planes de pensiones

23 agosto, 2024
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Actualizado: 23 agosto, 2024 18:29
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Las pensiones es el principal gasto público que afrontan los países desarrollados en la actualidad, una situación que se agravará en el futuro por la mayor esperanza de vida de la población. En España, actualmente, pagar las nóminas de las pensiones suponen 12.800 millones de euros mensualmente, y el doble con las extras de verano y Navidad. Pero el Gobierno, lejos de incentivar los planes de pensiones privados, no hace nada más que poner trabas, como rebajar la cuantía de la reducción fiscal en el IRPF a solo 1.500 euros al año u otras condiciones negativas que están impidiendo el desarrollo de los Planes de Empleo. Por eso desde Inverco, la patronal de las instituciones de inversión colectiva, proponen 15 medidas para incentivar los planes de pensiones, tanto los privados como los de empleo.

MEDIDAS DE CONCIENCIACIÓN

1. Campaña institucional de promoción de los Planes de Pensiones. Estimular el conocimiento e interés en los Planes de Pensiones, para conseguir su demanda por los trabajadores y empresas.

2. Incorporación de la obligación de negociar, que no de acordar Planes de Pensiones de empleo en el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores.

IRPF

Planes de Empleo

3. Impulso inicial. Medidas transitorias de estímulo de aplicación decreciente. Aplicación de multiplicadores en el momento de reducción de la base imponible durante 5 años, de modo que el importe a reducir en la base ascienda a lo aportado multiplicado por unos coeficientes que van de 2 (año 1) a 1 (año 5).

4. Colectivos vulnerables. Personalizar los incentivos para colectivos objetivo (por ejemplo, coeficientes multiplicadores en la reducción de IRPF para menores de 35 o rentas por debajo de un importe). Impulso de carácter permanente.

5. Trabajadores autónomos. Ampliación del límite a 8.500 euros y flexibilidad cronológica. Con los límites actuales, el potencial de acumulación por el autónomo para la jubilación se reduce en un 42,5% sobre el del trabajador por cuenta ajena (límite hasta 10.000 euros). Además, la irregularidad de sus rendimientos hace convenientes medidas que flexibilicen su periodificación fiscal (por ejemplo, límite trienal o límite total).

6. Trabajadores por cuenta ajena. Flexibilización de las aportaciones voluntarias. Suprimir los coeficientes de aportación voluntaria, de modo que los trabajadores puedan complementar la contribución de su empresa con la cuantía que consideren, con sujeción al límite global de 10.000 euros

7. Aportaciones transitorias al sistema individual hasta la promoción de un Plan de Empleo. Posibilidad para los trabajadores cuya empresa no tenga Plan de Empleo de aportar a un Plan Individual y, una vez aquél se constituya, traspasar, en un plazo de 6 meses, los derechos consolidados que haya acumulado.

Planes Individuales

8. Ampliación del límite a 5.000 euros. Garantizando la igualdad en todo el territorio nacional. Ambos tipos de Planes (Empleo e Individual)

9. Incorporación de la reducción fiscal al propio Plan. Los partícipes podrían elegir la transferencia al Plan de la diferencia en cuota resultante de reducir en la base la aportación al Plan, y se beneficiarían, en caso de optar por esta vía, de una aportación incrementada en un 10%-

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

10. Deducción en cuota del 10% por aportaciones a los trabajadores: actualizar la base retributiva de la reducción a 39.400 euros. La variación salarial acumulada entre el año 2005 y el 2022 asciende a un 46%, por lo que la actualización de los 27.000 euros los elevaría a 39.400 euros.

SEGURIDAD SOCIAL

11. Suprimir el límite actual de reducción de cuotas en la Seguridad Social. Permitir la reducción por la totalidad de la contribución empresarial, equiparando el tratamiento al de las cotizaciones a la Seguridad Social, según el sistema vigente hasta 2012.

12. Compatibilizar la reducción con la periodicidad no mensual de las contribuciones. La literalidad de la norma impide aplicar la reducción en caso de contribuciones trimestrales o anuales.

OTRAS MEDIDAS DE IMPULSO

13 Información sobre la pensión pública estimada. Enviar información a cada ciudadano del importe de su pensión pública estimada, mediante la remisión a su domicilio de la carta prevista en la Ley 27/2011.

14. Incorporación de otros incentivos. Por ejemplo, la reactivación de las aportaciones a los Planes de pensiones de empleados de sector público, la ampliación de la cobertura a todos los empleados públicos que actualmente no disponen de ellos o la inclusión de la tenencia de un Plan de Pensiones de Empleo para los trabajadores como criterio de adjudicación en los contratos públicos.

15. Eliminación de trabas. Modular cuestiones que desincentivan el desarrollo de los Planes de Pensiones de empleo (ej: adaptación del principio de no discriminación en determinados supuestos, imposibilidad de diferenciar colectivos o regulación de la actividad de comercialización de Planes de pensiones de empleo, imprescindible para su desarrollo).

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