Ofensiva legal contra la resolución del Popular, mientras la fiscalía se ‘lava’ las manos
viernes 11/08/2017
Actualizado: 11/8/2017 17:49
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Son ya 6.000 los accionistas del Banco Popular los que han recurrido al TJUE la resolución de la entidad por parte de la JUR. En España, por vía administrativa hay tiempo hasta el 7 de septiembre, pero llama la atención que la Fiscalía Anticorrupción no haya intervenido o que la CNMV aún no haya dicho nada de sus investigación sobre las posiciones cortas ni el Banco de España sobre su papel de supervisión.Ningún órgano competente en España para determinar y explicar lo que ocurrió en el Banco Popular con su resolución por la Junta Única de Resolución de la UE (JUR), desde el Banco de España, que era su supervisor, hasta la CNMV, que era la encargada de vigilar la acción en Bolsa, pasando por la Fiscalia Anticorrupción han tomado iniciativa alguna para intentar esclarecer el expolio que sufrieron en la noche del 6 al 7 de julio sus accionistas.

Los afectados por la quiebra del Banco Popular son aproxiamdamente 350.000 entre accionistas y bonistas. La mayoría se han agrupado en asociaciones o en han contrado bufetes de abogados que defiendan sus intereses y repongan el dañlo que se les hizo a su patrimonio en la noche del 7 de junio pasado. Cada uno de ellos, va con estrategias diferentes, contra la JUR, contra el FROB, contra la cúpula del Popular o el Banco de España.

Y es es una caso de tal envergadura y de tal gravedad que ha supuesto la ruina de muchos pequeños accionistas que existen la obligación de investigarlo hasta el final.

Uno de los que fue más claro desde el principio fue el abogado Miguel Durán, del bufete Durán y Durán, que manifestó que había que investigar a toda la cúpular del Banco Popuarl, a los reguladores, Banco de España y CNMV, al Frob, a la JUR, y, por supesto, a las personas aforados en este caso de liquidación de la que era la sexta entidad bancaria española.

Antonio del Valle, el consejero accionista con posiciones cortas

Y es que no se entiende, por ejemplo, que Antonio del Valle, que era uno de los principales acciconista de la entidad, consejero del banco, y hombre clave en la llegada a la presidencia de Emilio Saracho, fuera uno de los más activos en posiciones cortas en la entidad, las que finalmente terminaron hundiendo la acción. De hecho, Antonio del Valle está teniendo problemas en México con Divo Milán, uno de los consejeros y accionista de la sociedad Ve por Más por las pérdias que ha ocasionado en ese grupo financiero la inversión en el Popular.

Tampoco se entiene el cúmulo de informaciones falsas e intencionadas que contribuyeron a crear el clima de pánico bancario que sufrió el Popular en sus últimas semanas y que fue la justificación última de su resolución ante la reiterada masiva de dinero de grandes instituciones o empresas públicas.

Luis de Guindos, un papel clave en toda la crisis

Y mucho menos el papel jugado por el ministro de Economía, Luis de Guindos, o el propio gobierno de Mariano Rajoy, asegurando días antes de su resolución que el banco era solvente y viable. igualmente, De Guindos metió en la quinielas de compradores a Bankia, cuando este banco no tenía ninguna posibilidad debido, entre otras cosas, al dinero que aún debe del rescate bancario y que se acerca a los 20.000 millones. Tampoco ha explicado De Guindos como fue la subasta y venta al Santander por un euro, otro ejercicio más de falta de trasnparencia en el fin de una entidad casi centanaria que llegó a ser la más rentable de todo el sector bancario español.

Por ahora, la mayoría de las demandas de los accionistas se han dirigido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el papel jugado por la Junta Única de Resolución, que en su primera decisión ha arruinado a 350.000 accionistas.

Abierto el contencioso administrativo hasta septiembre

En España, por la via del contencioso administrativo hay tiempo hasta  septiembre y son muchos los bufetes de abogados los que están trabajado en ello.

Por ejemplo, la AEMEC, representada por el despacho Cremades & Calvo Soetelo defiende ante el TJUE que el régimen de resolución de entidades previsto en el Reglamento 806/2014 ha situado a los afectados en una situación de indefensión flagrante, al ser gravemente contrario a los derechos fundamentales reconocidos por el Derecho originario de la UE. No reconoce el pago de compensación a los accionistas y acreedores, ni les confiere trámite de audiencia. Es contrario al Tratado de Funcionamiento, que no permite conferir a las instancias comunitarias, como dicho Reglamento hace, competencias generales y estables de supervisión de entidades bancarias y, mucho menos, de resolución, competencias que pertenecen a los Estados miembros y a sus organismos. Además, dicho Reglamento es contrario al 4º Protocolo del citado Tratado, sobre organización del Banco Central Europeo (BCE), ya que crea en su seno órganos de supervisión (MUS) y resolución (MUR), que no están previstos en dicho Protocolo.

La Aemec también señala que la situación patrimonial del Banco Popular en absoluto justificaba la medida extrema por la JUR, ni en términos de solvencia ni de liquidez. La resolución fue fruto de una falta evidente en el ejercicio de la vigilancia prudencial ordinaria de la Entidad por los reguladores. Estos disponían desde mucho antes de la supuesta situación de crisis de un Plan de Recuperación y Gestión del Banco, así como de un Plan de Liquidez plenamente respaldado por activos descontables.

Una adecuada compensación económica

Con independencia del criterio de valoración utilizado, la Aemec quiere demostrar que en una valoración en escenario de concurso (valoración patrimonial), el accionista hubiera recibido un mejor tratamiento que en la valoración realizada para un escenario de resolución por falta de liquidez, por lo que ésta ha de considerarse desproporcionada e injusta.

La Aemec deja claro que su recurso no tiene como fin conseguir la nulidad del acto para recuperar la propiedad del Banco. Los accionistas representados por Aemec consideran que esa retroacción es ya inviable y sólo esperan una adecuada compensación economica por las acciones, que Aemec ha cifrado en 1,85 Euros por acción. Esta cantidad se deriva de las últimas cuentas anuales auditadas disponibles, según las cuales elCore EquityTier 1 ascendía a 7.808 millones de euros. El número de acciones de Banco Popular en el momento previo a la resolución de la JUR era de 4.200 millones. Ambas magnitudes dan como valor unitario de la acción 1,85 euros, valor que razonablemente podría considerarse que los accionistas hubieran podido percibir tras un ordenado proceso de liquidación derivado de un hipotético concurso de acreedores.

Recurso en base a la ley 11/2015 de 18 de junio

Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, asegura que su bufete presentará su recurso contra la resolución del Frob el próximo 1 de septiembre. “Pediremos la nulidad de una resolución que hizo que un banco teóricamente solvente pasara de la noche a la mañana a valer 1 euro”, señala Navas, que explica que accionistas y tenedores de bonos y deuda subordinada del Banco Popular tienen legitimidad para presentarse en el recurso a la luz de la ley 11/2015 de 18 de junio de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión.

El despacho entiende que se incumplió el mandato legal de incluir el informe justificante en la resolución. “Ni el Single Resolution Board ni el Frob incluyeron el informe de Deloitte que justificó la drástica decisión”, lamenta el socio-director de navascusi.com

Por ello, adelanta que el recurso contencioso-administrativo que presenten el 1 de septiembre solicitará la nulidad de la resolución así como daños y perjuicios por una decisión que “evaporó el patrimonio de miles de accionistas, bonistas y tenedores de deuda subordinada”. Además, siguiendo lo marcado en el reglamento del Mecanismo Único de Resolución, reclamará una valoración ‘ex post’, es decir, una nueva valoración del banco.

“¿Cuánto valdría el banco si se hubiera optado por un mecanismo de insolvencia ordinario?”, se pregunta el experto. “Parece difícil de pensar que la valoración fuera cero cuando sólo en ladrillo el Popular tenía 30.000 millones de euros en activos el año pasado, incluido el 9,2% de Metrovacesa”, concluye

Las asociaciones de consumidores, también contra la resolución

La OCU ya se ha dirigido al Banco de España y al Ministerio de Economía para pedir que articulen una solución sin tener respuesta.

«Solicitamos que se establezca de inmediato un mecanismo extrajudicial que ahorre tiempo y dinero a los más de 300.000 afectados: los inversores deben tener derecho a recuperar todo el dinero perdido sin ningún coste adicional, tienen derecho a una solución rápida y justa al margen de los tribunales, similar a la solución adoptada con los accionistas engañados por Bankia».

«Añaden que si no se adopta una solución en vía extrajudicial, acudiremos a vía civil para defender los intereses y ayudar a recuperar el dinero a los afectados.

Además, continúan, es imprescindible adoptar medidas para evitar que este tipo de situaciones sigan produciéndose: los pequeños accionistas no tienen porqué pagar las consecuencias de la mala gestión de las entidades. Ellos están al margen de las dificultades y el proceso de ejecución, y simplemente invirtieron su dinero en una entidad supervisada por el Banco de España, debidamente auditada y que se consideraba «solvente». No pueden perder su dinero sin más.

Por lo pronto, la OCU ha interpuesto una querella contra la cúpula del Banco Popular, por presuntos delitos de falsedad contable y estafa a los inversores.  Ha solicitado igualmente tener acceso al expediente de resolución del Popular, a la valoración de la entidad y a las comunicaciones intercambiadas por los organismos que intervinieron en la resolución, mediante una carta a la Comisión Europea.

Tambien  ha recurrido ante la Audiencia Nacional la decisión del FROB sobre el Banco Popular. De esta manera se abre la vía administrativa, con objeto de aclarar el procedimiento y depurar responsabilidades en defensa de los pequeños inversores, que desde luego no cuentan ni con el aopoyo de la fiscalía ni de las administraciones.