CVC, con casi un 25%, es uno de los principales accionistas de Exolum.

Exolum, expedientada por la CNMC por una posición dominante en carburantes que perjudica a consumidores y competidores

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado un expediente sancionador contra Exolum por posibles prácticas anticompetitivas en los servicios logísticos de transporte y almacenamiento de hidrocarburos líquidos o biocombustibles.

Exolum, principal operador de logística de hidrocarburos líquidos en España está participado por fondos de inversión y banca, entre los que se encuentra CVC Capital Partners (a través de Servet Investments): 24,84% del capital; Stoneshield (Borealis Spain Parent): 24,52% del capital sumando sus participaciones; KKR (a través de MEIF 5 y Ocaso): 19,86% del capital entre ambas partes; Crédit Agricole (Vaugirard Infra): 9,93% del capital; WSIB (Castillo Spanish Holdings): 9,93% del capital; Banca March (Bourton Project): 5,00% del capital, mientras que el resto de las acciones está en manos de minoritarios.

En concreto, el organismo analiza tres presuntos abusos de posición dominante relacionados con aplicar precios excesivos sobre sus tarifas y negar el acceso a sus instalaciones de transporte y almacenamiento a un tercer operador competidor en el puerto de Tarragona.

Dichas prácticas, subraya la CNMC en un comunicado, serían contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).

La CNMC entiende que Exolum ha aprovechado su condición de principal operador de logística

La CNMC entiende que Exolum, aprovechando su condición de principal operador de logística primaria de hidrocarburos líquidos en España, habría conseguido mantener unos elevados márgenes mediante el incremento de precios en sus tarifas y habría impedido el acceso y reforzado su posición de dominio en una zona costera de alto impacto económico, en detrimento de un competidor.

En consecuencia, añade, los consumidores podrían haber sufrido un incremento sucesivo de los precios y un tercer competidor haber visto limitado su derecho al acceso a la única red de transporte de hidrocarburos líquidos por oleoducto en España y, por tanto, su capacidad para competir en los mercados aguas abajo.

La CNMC recuerda que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación y que se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para su resolución.

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