Un tribunal alemán mantiene la prohibición a Vueling de cobrar por varios bultos pequeños

Un tribunal alemán ha mantenido la prohibición a la compañía aérea española de bajo coste Vueling, aerolínea del Grupo IAG, de cobrar a los clientes por portar varios bultos pequeños cuyas dimensiones conjuntas no excedan el máximo permitido en cabina, práctica que había denunciado la principal organización de consumidores de Alemania.

Según ha comunicado este martes la Audiencia Territorial de Hamm, este tribunal germano ratificó el pasado 7 de julio la sentencia dictada en rebeldía contra Vueling el pasado 20 de enero.

«En su fundamentación, el tribunal señaló, en esencia, que la demandada perjudicaba de manera desproporcionada a los consumidores de la tarifa conocida como ‘Fly Light’ por limitar la gratuidad a una única pieza de equipaje de mano con unas dimensiones máximas de 40 × 30 × 20 centímetros» salvo excepciones, ha explicado el tribunal de Hamm en un comunicado.

La práctica de la empresa perjudicaba a «aquellos viajeros cuyo equipaje de mano consistiera en dos o más piezas más pequeñas, cuyas dimensiones, sumadas, no superaran, sin embargo, el límite máximo permitido», ha abundado el tribunal.

Vueling y las dimensiones máximas de equipaje en cabina

Según los magistrados, no había razón objetiva para hacer diferencias entre los viajeros que disfrutaban de la gratuidad con una pieza de equipaje que no excedía las dimensiones máximas y los usuarios que, con varias bolsas, tampoco sobrepasaban esos límites.

«No resulta comprensible por qué, por ejemplo, el transporte de un bolso de mano pequeño y una funda para cámara con unas dimensiones exteriores totales inferiores a 40 × 30 × 20 centímetros solo esté permitido previo pago de un recargo», ha preciado el tribunal, cuando «otro pasajero puede llevar sin coste alguno una mochila con las dimensiones máximas permitidas, así como una o varias bolsas» de la zona ‘duty free’.

La Audiencia Territorial de Hamm ya había fallado en contra de Vueling el pasado 20 de enero, en una sentencia en la que advirtió de que cada incumplimiento futuro de la prohibición podría dar lugar a una multa de hasta 250.000 euros por infracción. 

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