Aluvión de expedientes de Bruselas a España
La Comisión Europea (CE) ha decidido abrir este jueves una serie de diversos expedientes a España, entre otros países de la Unión Europea. En este «aluvión» de expedientes, Bruselas critica la actuación de España en varios ámbitos, por ejemplo, Bruselas expedienta a España por no aplicar correctamente el plan comunitario de rendimiento y tarificación de los servicios de navegación aérea, por no haber transpuesto completamente las últimas normas sobre capacidad de absorción de pérdidas de bancos y que la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (CNMC) no haya otorgado los poderes suficientes para supervisar la ley de servicios digitales.
Por otro lado, Bruselas también ha dado dos meses a España para que tome medidas para incorporar a la legislación nacional la directiva sobre administradores y compradores de créditos aprobada en 2021. Asimismo, la CE ha abierto dos procesos de infracciones a España. Primeramente, una de las infracciones se debe a que España no ha garantizado las libertades del mercado interior comunitario en los planes nacionales complementarios de pensiones.
La otra infracción por parte de Bruselas se ha otorgado por no haber transpuesto completamente en su legislación nacional las disposiciones de la Directiva revisada del Sistema de Comercio de Emisiones de la UE, aunque esta no ha sido únicamente a España y hay otros países pertenecientes a la Unión Europea que también los han recibido.
Primer expediente a España, por el plan para servicios de navegación aérea
En el primer expediente abierto por parte de la CE a España y otros dieciséis países de la Unión Europea (UE), Bruselas explica que España no ha aplicado correctamente el plan comunitario de rendimiento y tarificación de los servicios de navegación aérea.
Además de España, recibieron cartas de emplazamiento Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Estonia, Irlanda, Croacia, Italia, Letonia, Hungría, Malta, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia y Finlandia.
Con el plan del llamado «Cielo Único Europeo», la UE busca reformar el sistema de gestión del tráfico de las aerolíneas para hacerlo más eficiente y menos contaminante.
El Ejecutivo comunitario explicó en un comunicado que esos Estados no aplican correctamente «determinadas disposiciones del plan de rendimiento y tarificación del Cielo Único Europeo para los servicios de navegación aérea».
Los Reglamentos del Cielo Único Europeo exigen que los Estados miembros distribuyan los costes comunes entre los servicios de navegación aérea de ruta y terminales de forma proporcional sobre la base de una metodología transparente. Además, deben incluir en sus planes de rendimiento sistemas de incentivos para apoyar el logro de objetivos.
Los problemas identificados en los 17 países se refieren al nivel o asignación inadecuados
Según Bruselas, los problemas identificados en los 17 países «se refieren al nivel o asignación inadecuados de los costes cobrados a las compañías aéreas, así como a los insuficientes incentivos financieros para los proveedores de servicios».
La implementación incorrecta de las normas de la UE afecta no solo a los ingresos de los proveedores de servicios de navegación aérea sino también al nivel de las tarifas pagadas por las aerolíneas, como clientes de esos proveedores de servicios.
Los países tienen dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría pasar a la siguiente fase del procedimiento de infracción y emitir un dictamen motivado.
Bruselas expedienta a España por no aprobar últimas normas de reestructuración bancaria
El segundo expediente España se centra en que esta no ha transpuesto completamente las últimas normas sobre capacidad de absorción de pérdidas de bancos sistémicos de escala global, según informó la institución en un comunicado.
Además de a España, Bruselas ha abierto procedimiento de infracción por el mismo motivo a Bulgaria, Italia, Chipre, Lituania, Austria, Polonia, Portugal y Eslovaquia.
En particular, critica que no hayan trasladado completamente a sus legislaciones nacionales las últimas enmiendas aprobadas sobre la directiva europea de recuperación y resolución bancaria (BRRD, por sus siglas en inglés), relacionadas con el tratamiento prudencial de instituciones financieras con importancia sistémica a nivel global y la capacidad de absorción de pérdidas y recapitalización de grupos bancarios.
Estos cambios, destacó la Comisión Europea, son «importantes» para «garantizar una alineación total en la UE con los estándares del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB) y «necesarios» para que los grandes bancos reflejen fielmente la exposición que tienen a sus propias filiales con sede en terceros países, de forma que puedan afrontar en mejores condiciones futuras crisis financieras.
La Comisión ha enviado cartas de emplazamiento
Bruselas apunta que las enmiendas «deberían conseguir una completa armonización del tratamiento prudencial de recursos internos para absorción de pérdidas y recapitalización de entidades intermedias de un grupo bancario».
«En ausencia de la trasposición de estas medidas técnicas pero importantes, no será posible conseguir el necesario nivel de armonización en el marco unificado de la UE para el sector bancario», advierten las autoridades comunitarios.
En consecuencia, la Comisión ha enviado cartas de emplazamiento, la primera etapa de los procedimientos europeos de infracción, a Bulgaria, España, Italia, Chipre, Lituania, Austria, Polonia, Portugal y Eslovaquia.
Estos países disponen ahora de un plazo de dos meses para responder a las autoridades comunitarias, que pasarán a la segunda fase del expediente -el envío de un dictamen motivado – si consideran que la respuesta no es todavía satisfactoria.
El último paso, si los Estados miembros siguen sin trasponer las enmiendas a su legislación nacional, sería elevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que en última instancia podría multar a los países incumplidores.
CE expedienta a España por no dar a la CNMC poderes suficientes para vigilar a plataformas
Por otro lado, uno de los primeros procesos de infracción contra España que ha abierto la CE este jueves se debe a que la CE considera que no ha otorgado a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) los poderes suficientes para supervisar la ley de servicios digitales, que obliga a las grandes plataformas a eliminar el contenido ilegal.
El Ejecutivo comunitario también abrió procedimientos de infracción contra Croacia, Luxemburgo, Países Bajos y Suecia por no haber otorgado a sus autoridades nacionales las competencias suficientes para implementar la ley. Además, abrió otro contra Bélgica por no haber designado aún a su coordinador nacional de servicios digitales.
Los coordinadores nacionales de servicios digitales deben cooperar con la Comisión Europea para controlar que las grandes plataformas cumplen con la normativa, que también obliga a las empresas a una mayor transparencia sobre el funcionamiento de los algoritmos que determinan el contenido que ven los usuarios y a proteger a los menores.
Los países tienen ahora dos meses para responder a la carta que les envió hoy la Comisión y si no lo hacen o Bruselas no está satisfecha con la respuesta, podría enviarles una segunda advertencia antes de llevarles ante el Tribunal de Justicia de la UE
Bruselas urge a España a implementar la directiva de administradores de créditos
La Comisión Europea ha dado dos meses a España para que tome medidas para incorporar a la legislación nacional la directiva sobre administradores y compradores de créditos aprobada en 2021, según informó este jueves la institución.
En concreto, el Ejecutivo comunitario dio el segundo paso en el expediente de infracción abierto a España por esta razón con el envío de un dictamen motivado, que también ha dirigido a otros once países: Bélgica, Bulgaria, Italia, Chipre, Lituania, Hungría, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal y Finlandia.
Si estos no responden en un plazo de dos meses comunicando medidas para incorporar a su legislación nacional la directiva europea, el Ejecutivo comunitario podría llevarles ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La directiva en cuestión regula el trabajo de los administradores y compradores de créditos con el fin de dar salida en el mercado secundario a los préstamos fallidos – con más de 90 días de mora – de las entidades de crédito, así como la protección que debe garantizarse a los prestatarios.
«La directiva requiere que, por ejemplo, los compradores y administradores de créditos actúen de buena fe, de manera justa y profesional con los prestatarios y se comuniquen con ellos de modo que no constituya acoso, coerción o influencia indebida», ha explicado la Comisión Europea en un comunicado.
CE pide a España asegurar libertades de mercado único en planes complementarios de pensión
El otro proceso de infracción a España ocurre por no haber garantizado las libertades del mercado interior comunitario en los planes nacionales complementarios de pensiones.
En concreto, Bruselas envió a Madrid una carta de emplazamiento, el primer paso en el procedimiento de infracción comunitario, que, en última instancia, puede terminar con el país ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La CE indicó en un comunicado que el expediente se abre por «ciertas restricciones introducidas por normas nacionales a los planes de pensiones profesionales y personales».
«La prohibición impuesta por España de contribuir a planes de pensiones profesionales y personales más allá de los importes máximos deducibles a efectos fiscales puede entrar en conflicto con la libre circulación de trabajadores, servicios, capitales y con el derecho de establecimiento garantizado por los Tratados», según la CE.
Precisó que el procedimiento de infracción aborda dicha prohibición, «ya que puede constituir una barrera en el mercado único y limitar indebidamente el acceso a pensiones complementarias», pero no cuestiona los importes deducibles de impuestos.
«Además, el hecho de que España permita transferencias individuales nacionales, pero no transfronterizas, de derechos de pensión en sistemas de pensiones complementarios también puede ser contrario a las libertades del mercado interior», señaló Bruselas.
España tiene ahora dos meses para responder a Bruselas
Por todo ello, la CE abrió el procedimiento de infracción. España tiene ahora dos meses para responder a Bruselas y corregir las deficiencias detectadas.
Si Madrid no da una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado, el segundo paso en el procedimiento de infracción comunitario.
Por otro lado, el Ejecutivo comunitario abrió un segundo procedimiento de infracción a España para que complete la implementación del reglamento sobre el producto paneuropeo de pensiones individuales.
Bruselas envió una carta de emplazamiento a España, y también a Portugal, por no informarle de las normas sobre sanciones administrativas y otras medidas aplicables a las infracciones del reglamento sobre el producto paneuropeo de pensiones individuales.
Ese producto es un plan de pensiones personal voluntario que ofrece a los consumidores una opción paneuropea de ahorrar para la jubilación.
«Este tipo de producto está diseñado para dar a los ahorradores más opciones y proporcionarles productos más competitivos, al tiempo que se disfruta de una sólida protección del consumidor», comunicó la CE.
Podría ser ofrecido por compañías de seguros, gestores de activos, bancos, ciertas firmas de inversión y ciertos fondos de pensiones profesionales.
España y Portugal tienen ahora dos meses para responder a Bruselas y tratar las carencias señaladas. Si no dan una contestación satisfactoria, la Comisión tiene la opción de enviar un dictamen motivado.
Bruselas abre expediente a todos los países UE menos Austria por no trasponer normas ETS 2
Por último, La Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción a todos los países de la UE, salvo Austria, por no haber transpuesto completamente en su legislación nacional las disposiciones de la Directiva revisada del Sistema de Comercio de Emisiones de la UE, el llamado ETS 2.
El Ejecutivo comunitario envió a las capitales una carta de emplazamiento instando a trasladar a su legislación nacional la citada directiva, cuya fecha límite era el pasado 30 de junio, un año después de su entrada en vigor.
Paralelo al esquema original ETS de comercio de emisiones de CO2, el ETS 2 extiende la fijación de precio al dióxido de carbono a nuevos sectores de la economía como la calefacción de los hogares, el transporte por carretera y la industria que no cubre el sistema inicial.
La Directiva revisada también prevé la asignación de los ingresos del comercio de emisiones al nuevo Fondo Social para el Clima, que comenzará a operar en 2026 para proporcionar financiación a los Estados miembros para apoyar a los grupos vulnerables más afectados, especialmente los hogares en situación de pobreza energética o de transporte, recordó la Comisión en un comunicado.
Los países tienen dos meses para contestar por escrito a la Comisión Europea y abordar las diferencias señaladas y, si no hay respuesta o si no satisface al Ejecutivo, Bruselas podrá continuar con el siguiente paso del procedimiento de infracción con un dictamen motivado.