Pablo Bustinduy, ministro de Consumo del Gobierno de Sánchez por la cuota de la formación de ultraizquierda Sumar.

Consumo advierte de la prórroga de alquiler a inmobiliarias y fondos aunque el real decreto no está aprobado en el Congreso

Aunque el real decreto que regula las medidas en materia de vivienda no está aprobado por el Congreso de los Diputados si se espera que esto suceda en un futuro fruto de un Ejecutivo de PSOE-Sumar que gobierna en minoría parlamentaria tras perder las elecciones general de 2023 (137 diputados PP vs 121 PSOE), el ministro Bustinduy ya advierte a inmobiliarias y fondos que están obligados a prorrogar el alquiler de sus inquilinos.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha enviado este lunes una carta a 13 inmobiliarias y fondos de inversión para indicarles que deben prorrogar los contratos de sus inquilinos, que así lo soliciten, que caduquen entre el pasado 22 de marzo y el 31 de diciembre de 2027.

Entre todos ellos concentran más de 100.000 viviendas de alquiler en todo el país, según ha apuntado en un comunicado el departamento que dirige Pablo Bustinduy.

La carta de Bustinduy a fondos e inmobiliarias parece más bien papel mojado, porque nadie espera que el real decreto pase el filtro del Congreso de los Diputados

La misiva recuerda a estas empresas que la prórroga de los contratos de alquiler deberá aceptarse obligatoriamente una vez solicitada por el arrendatario, según el reciente real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros y que por el momento no cuenta con una mayoría parlamentaria suficiente para convalidarse en el Congreso de los Diputados. Ni parece que lo vaya a aprobar en futuro, por lo que está carta de Bustinduy parece de papel mojado, una acción más estética y propagandística de Sumar que real.

El Ministerio ha solicitado a las entidades la máxima diligencia para asegurar la correcta aplicación de las medidas, así como la adopción de los procedimientos internos necesarios para su cumplimiento inmediato.

El documento remitido a estas compañías explica, por tanto, la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.

Un real decreto pendiente del Congreso

En función de este decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 21 de marzo, el inquilino podrá renovar de forma extraordinaria su contrato de alquiler una vez finalice la duración de este por plazos anuales, y hasta un máximo de dos años adicionales, siempre que el contrato estuviese entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027.

Por tanto, la norma genera un nuevo derecho de renovación del plazo del contrato de alquiler por dos años que, previa solicitud del inquilino, deberá aceptarse obligatoriamente por el arrendador, manteniéndose los términos y condiciones del contrato en vigor.

Esto no será de aplicación cuando arrendador y arrendatario acuerden la renovación del contrato de arrendamiento, o la celebración de uno nuevo, con una renta inferior a la prevista en el contrato vigente.

El decreto establece asimismo una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta del 2 %, aunque si el arrendador no es «gran tenedor», ésta deberá llevarse a cabo con acuerdo entre las partes. 

Noticias relacionadas

Últimas noticias

Newsletter

Toda la actualidad en una Newsletter

Siempre al día con la mejor información económica, junto con las últimas noticias y evento, para que no te pierdas nada.