El Supremo admite el recurso del Santander y CaixaBank por Castor
El Tribunal Supremo ha admitido el recurso de Santander y CaixaBank contra la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazaba su pretensión de recuperar parte de la cantidad abonada en concepto de intereses cobrados mientras estuvo vigente el esquema de indemnización por el cierre del almacén de gas Castor.
El Supremo ha admitido el recurso frente a la sentencia de la Audiencia Nacional de septiembre de 2023, que confirmaba una resolución de 2019 de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).
La CNMC acordó en 2019 la revisión de oficio de diversas liquidaciones de actividades reguladas del sector del gas natural relacionados con el almacenamiento subterráneo Castor.
El organismo decidió revisar las liquidaciones tras la sentencia del Tribunal Constitucional de 21 de diciembre de 2017 que declaró la nulidad e inconstitucionalidad de los efectos económicos de la extinción de la concesión del almacenamiento subterráneo Castor previstos en el Real Decreto aplicable.
En 2020 el Supremo reconoció el derecho del Banco Santander, CaixaBank y Bankia a una indemnización por el Estado con 1.350 millones de euros por el cierre de Castor
Para la CNMC, la nulidad del citado decreto privó de base legal a las cantidades reconocidas y a los pagos efectuados con arreglo al mismo, obligando con ello a revisar los pagos realizados.
No obstante, en 2020 el Supremo reconoció el derecho del Banco Santander, CaixaBank y Bankia una indemnización por el Estado con 1.350 millones de euros, cuantía que las tres entidades desembolsaron para facilitar el cierre del almacén submarino de gas Castor y que el Gobierno se comprometió a devolver en 30 años.
El Supremo estimó parcialmente el recurso de los bancos, que en abril de 2018 presentaron ante el Ejecutivo una «reclamación de responsabilidad del Estado legislador» en la que le instaron, sin éxito, a la devolución del dinero aportado.
Y lo que reclaman las entidades financieras es la parte ya abonada, los intereses cobrados mientras el esquema de indemnización por el cierre de Castor estuvo funcionando y que las entidades tuvieron que devolver a la CNMC cuando el Tribunal Constitucional anuló ese esquema de pagos.