La Audiencia de Guipúzcoa confirma los delitos de fraude fiscal del exdirector de la Hacienda Foral y exsenador del PNV
Víctor Bravo, condenado en firme por fraude fiscal, fue senador por el PNV y director de la Hacienda Foral de Guipúzcoa.

La Audiencia de Guipúzcoa confirma los delitos de fraude fiscal del exdirector de la Hacienda Foral y exsenador del PNV

16 febrero, 2024
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Actualizado: 16 febrero, 2024 16:46
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La Audiencia de Guipúzcoa ha confirmado los delitos de fraude fiscal del exsenador del PNV y exdirector de la Hacienda Foral Víctor Bravo, por el llamado caso Glass Costa Este Salou. ¿Dimitirá por ello Íñigo Urkullu, el presidente vasco del PNV, como en su día pidieron los nacionalistas con aspiraciones independentistas a Rajoy, posicionándose a favor de Pedro Sánchez en la moción de censura de junio de 2018?

La sentencia, difundida este viernes por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, admite parcialmente el recurso del procesado contra la pena que le impuso, en 2020, un juzgado de San Sebastián, al aplicar la redacción del Código Penal vigente cuando ocurrieron los hechos y considerar la atenuante de dilaciones indebidas como «muy cualificada».

El fallo impone además a Bravo una multa de 1.393.000 euros, mientras que al otro acusado, el administrador único de la citada compañía tarraconense, también le reduce la condena, de los 33 meses y 87 días de prisión anteriores a 23 meses y 29 días, así como a una multa de 1.086.300 euros.

Confirma asimismo la condena a los dos acusados de indemnizar conjuntamente con casi 1,6 millones de euros, más los intereses de demora, a la Hacienda Pública Estatal.

La sentencia contra el exdirector de la Hacienda Foral y exsenador del PNV Víctor Bravo es firme y no cabe recurso

La sentencia, que es firme y contra la que no caben más recursos, queda dictada con fecha 14 de febrero por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, que ha emitido a la vez otras dos resoluciones y un auto dentro del procedimiento seguido en fase de apelación por los tres delitos fiscales contra Víctor Bravo y el empresario de la citada sociedad mercantil Glass Salou.

La audiencia confirma los hechos que el juzgado declaró probados y ratifica por tanto los tres delitos fiscales por los que les condenó al administrador único de la citada compañía como autor, y a Bravo como cooperador necesario.

Considera así que Glass Costa Este Salou fijó su domicilio en Guipúzcoa falsamente -en julio de 2000- con la única finalidad de tributar en la Hacienda foral de este territorio y aprovecharse, de forma indebida, de los beneficios fiscales que había entonces para las empresas, en los ejercicios 2003, 2004 y 2006.

Dice que hicieron diferentes operaciones societarias que tilda de «ingeniería fiscal» y que, según describe, consistieron en compras y fusiones por absorción, sólo para tener «una indebida revalorización de activos» y «una ilícita amortización de fondo de comercio», con el fin de «eludir el pago» de impuestos.

En su fallo, estima además que la atenuante de dilaciones indebidas, que el juzgado apreció con carácter de ordinaria, debe ser catalogada como «muy cualificada», pues la denuncia que inició el caso data de junio de 2009, y ha de individualizar las penas de multa que se imponen por cada delito, de manera «proporcionada al importe defraudado» en cada uno de los ejercicios en los que se cometieron.

El exsenador nacionalista, condenados a más de dos años, tendrá que hacer frente a una multa de 1,4 millones de euros

De esta forma, condena al exsenador del PNV a un total de 2 años, 5 meses y 29 días de cárcel, así como a la inhabilitación especial para el sufragio pasivo.

Además de la multa de casi 1,4 millones de euros, la audiencia condena al político nacionalista del PNV Víctor Bravo a no poder obtener subvenciones o ayudas públicas, ni gozar de incentivos fiscales o de la Seguridad, durante un periodo de casi siete años y medio.

Al otro inculpado, además de los casi dos años de prisión y cerca de 1,1 millón de euros de multa, le impone la misma pérdida de derechos para subvenciones o incentivos, pero sólo por dos años, y le mantiene la atenuante ordinaria de reparación del año causado que ya estableció el juzgado, puesto que había consignado un millón antes del juicio, celebrado en 2019. 

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