La Ley de la Segunda Oportunidad con Vivienda Habitual

La Ley de la Segunda Oportunidad con Vivienda Habitual

18 diciembre, 2023
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Actualizado: 18 diciembre, 2023 10:37
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En un esfuerzo por fomentar la recuperación financiera de las familias muy endeudadas, el gobierno español implementó en 2015 cambios significativos a través de la introducción de la «Ley de la Segunda Oportunidad«. Esta ley busca proporcionar a las personas una segunda oportunidad para alcanzar la estabilidad financiera. Sus implicaciones son importantes, especialmente para aquellas personas que tienen bienes como una vivienda. Profundicemos en los detalles de esta ley y su impacto en el panorama de la vivienda.

Comprendiendo la «Ley de la Segunda Oportunidad» en España

La «Ley de la Segunda Oportunidad» es un marco legal diseñado para ofrecer a las personas abrumadas por deudas una vía hacia la recuperación financiera. Enfocada en brindar alivio a aquellos que enfrentan desafíos financieros insuperables, la ley permite a las personas renegociar y reestructurar sus deudas o incluso la cancelación de deudas, permitiéndoles recuperar el control sobre sus finanzas.

Además, la «Ley de la Segunda Oportunidad» introduce salvaguardas para los propietarios, con el objetivo de proteger su vivienda habitual en un procedimiento concursal. Este aspecto crucial de la ley crea una intersección entre la recuperación financiera y la seguridad de la vivienda.

¿Puedo solicitar acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad sin perder mi vivienda?

Sí. Tal y como nos explica el despacho de abogados Reclama por mí, la vivienda habitual se puede proteger durante el proceso de la Segunda Oportunidad financiera, aunque hay algunas condiciones para ello. 

En primer lugar, hay que tener presente que la única vivienda que se puede proteger en caso de acudir a este proceso, es la vivienda habitual. No se protegen las segundas o terceras residencias.

En caso de tener más de una vivienda, se valorará si la venta de la vivienda no habitual puede usarse para pagar a los acreedores y en tal caso, dicha vivienda pasará a formar parte de los activos que se liquidarán para satisfacer a los acreedores.

¿Cómo protejo mi vivienda habitual durante el procedimiento?

Uno de los aspectos destacados de la «Ley de la Segunda Oportunidad» es su énfasis en proteger a las personas de perder sus hogares debido a la angustia financiera. Los propietarios enfrentando deudas abrumadoras tienen la oportunidad de negociar con acreedores para retener la propiedad de su residencia principal. 

La condición básica para mantener la vivienda principal de alguien que se acoge al proceso de Ley de segunda oportunidad es que el préstamo hipotecario de dicha vivienda deberá estar al corriente de pago. Si se cumple este punto y se demuestra que tras la reestructuración de las deudas, el deudor va a poder hacer frente al pago de esta hipoteca, es muy probable que se pueda salvar la casa.

Por este motivo se recomienda que esta deuda no se deje de pagar en ningún momento, ya que de lo contrario el deudor se arriesga a perder su casa.

Para poder hacerlo se debe acudir a la exoneración con sujeción a plan de pagos. Esta modalidad permite cancelar una parte de la deuda e ir pagando el resto de acuerdo a un plan de pagos aprobado por el juez. De esta manera, el deudor tendría, por un lado, el préstamo hipotecario (crédito privilegiado) por un lado, que seguiría pagando con normalidad para mantener así su vivienda, y por el otro se agruparía el resto de créditos (créditos ordinarios) para plantear un plan de pagos o solicitar la cancelación de esa deuda.

Tras conseguir un EPI parcial (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) la amortización de las deudas pendientes se suele hacer en un plan de pagos de 3 años, se alarga hasta los 5 años para los casos en los que se decide mantener la vivienda. Si tras ese tiempo no se ha terminado de pagar todo, las deudas que aún no hayan podido pagarse serán canceladas.

Si se cambia de opinión más adelante, es posible decidir mantener la vivienda, y más adelante liquidarla en caso de no poder hacer frente al pago de la hipoteca.

¿Qué pasa si no quiero mantener la vivienda?

Hay casos en los que el propietario de la vivienda no quiere mantenerla, ya que no va a poder hacer frente a la hipoteca y otros motivos. Si no se quiere mantener por el motivo que sea, se pasaría de la modalidad del plan de pagos a la liquidación de masa activa. En esta modalidad la vivienda sería enajenada (se cedería al concurso) para que su liquidación ayude a saldar las deudas y pedir la cancelación de todas las deudas restantes.

El despacho de abogados que hace esto posible

Los beneficios de esta legislación en España son innegables, proporcionando a los ciudadanos una vía legal y justa para liberarse de las cargas económicas que pueden llegar a asfixiar sus vidas. Familias que estaban al borde de perder sus hogares encuentran una esperanza, gracias a esta ley que les permiten reconstruir su estabilidad financiera y mantener su hogar.

Reclama por mí es uno de los referentes en España y lleva millones de euros en deuda cancelados para sus clientes y un ratio de éxito del 98% en casos de Ley de Segunda Oportunidad. Si te encuentras en una situación en la que las deudas te ahogan, ellos pueden ayudarte a salir de este mal momento económico y a recuperar la estabilidad en tu vida.

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