Triodos prevé que sus preferentes verdes coticen en Euronext Ámsterdam el 18 de junio

Triodos Bank prevé que sus Certificados de Depósito para Acciones (CDA), las preferentes verdes, comiencen a cotizar el 18 de junio en el índice Euronext de Ámsterdam, según ha informado este jueves la entidad, que añade que el folleto, aprobado por el supervisor local, se publicará antes de esa fecha.

Los CDA fueron el instrumento elegido para permitir la participación de inversores en el capital del banco, pero en plena pandemia, en marzo de 2020, Triodos anunció que suspendía la posibilidad de comprarlos y venderlos, un cierre temporal motivado por la incertidumbre y el impacto de la COVID-19 en la economía, ha recordado en un comunicado.

La suspensión se decidió por la sobreoferta efectiva de órdenes de recompra, las pautas de negociación previstas y la preservación de la capacidad para reanudar la negociación más adelante.

Posteriormente, pasaron a cotizar en el Sistema Multilateral de Negociación (SMN) de Captin, donde dejarán de hacerlo el 11 de junio, ha detallado en la nota.

En España, la comercialización de las preferentes verdes de Triodos provocó una avalancha de reclamaciones en los tribunales, aunque en tres sentencias de abril y mayo de este año el Tribunal Supremo avaló a la entidad financiera y desestimó los recursos presentados contra sendos fallos de las audiencias provinciales de Teruel y Girona.

El Supremo constató que el folleto depositado en la CNMV por Triodos identificaba los riesgos

En los casos analizados, el Supremo constató que el folleto depositado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) identificaba los riesgos en tres apartados: rentabilidad, seguridad y liquidez.

El Supremo consideró que la contratación de los productos se realizó presencialmente en una oficina y que la gestora comercial advirtió de que no cotizaban en bolsa, sino en un mercado interno, y que se podía perder todo el dinero.

Además, se hizo entrega del folleto y se realizó el test de conveniencia, por lo que se concluyó que los clientes fueron correctamente informados de los riesgos esenciales, de la ausencia de mercado secundario, de la dependencia de la rentabilidad del banco emisor y de la posibilidad de pérdidas de hasta el total de la inversión.

La información facilitada al cliente en el momento de la contratación hacía referencia a que los CDA no cotizaban en bolsa, sino en un sistema interno configurado por la propia entidad, añade el fallo.

Asimismo, el Supremo señalaba que debe tenerse en cuenta que la actividad mercantil y societaria de Triodos se rige por el derecho neerlandés y que los tribunales de los Países Bajos han considerado ajustadas a derecho las decisiones adoptadas sobre el cambio del sistema de cotización.

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