2 febrero 2026

Consultorio de herencias. La desheredación

Escúchanos en

Consultorio de herencias. La desheredación

Con Itziar Pernía Gómez, socia directora de Legal por Naturaleza, abordamos la figura de la desheredación, un mecanismo jurídico poco habitual pero plenamente regulado en el Código Civil.

“La desheredación consiste en privar a un heredero forzoso de su legítima”, explica Pernía Gómez. Para que sea válida, añade, “debe recogerse expresamente en testamento, ya que es un derecho que asiste a cualquier persona cuando quiere dejar constancia de sus últimas voluntades, ya sea en un documento público o privado”.

Los herederos forzosos y, por tanto, los únicos que pueden ser objeto de desheredación son, tal y como aclara la experta, “los ascendientes, los descendientes y el cónyuge”. Ahora bien, no se trata de una decisión libre o arbitraria. “Existen causas tasadas en el Código Civil para cada uno de los casos”, subraya.

En el caso de los descendientes, Pernía Gómez señala que “pueden ser desheredados cuando han negado alimentos a su padre o a su abuelo, que en ese momento es el testador, siempre que no exista un motivo que lo justifique”.

Respecto a los ascendientes, la socia directora de Legal por Naturaleza apunta que “pueden ser desheredados si han perdido la patria potestad por sentencia judicial, si han incumplido sus deberes como buen padre de familia o si han negado alimentos sin causa aparente a sus descendientes”.

Este podcast habla de:

Audios relacionados

Podcast recomendados

Newsletter

Toda la actualidad en una Newsletter

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua...