26 octubre 2026

Los derechos del cónyuge viudo en la herencia sobre los bienes privativos, en régimen de gananciales

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Los derechos del cónyuge viudo en la herencia sobre los bienes privativos, en régimen de gananciales

Itziar Pernía Gómez, socia directora de Legal por Naturaleza, explica en esta ocasión los derechos de un cónyuge viudo sobre los bienes privativos, en el momento de una herencia, sujeta a bienes gananciales. La experta detalla que “el primer paso es liquidar la sociedad de gananciales para separar la parte que corresponde al cónyuge viudo de la que forma parte de la herencia”.

Pernía recuerda que los bienes privativos son aquellos que “le pertenecían al cónyuge antes del matrimonio o los que adquiere dentro de matrimonio, pero a través de donaciones, herencias, legados…”.

Además, aclara que “el reparto no obliga a adjudicar al viudo el 50% de cada inmueble, sino que puede recibir otros bienes o dinero, siempre que se respete lo que le corresponde”. También advierte de “la importancia de documentar correctamente las adjudicaciones y distinguir sus implicaciones fiscales, como el impuesto de sucesiones, el de transmisiones patrimoniales y la plusvalía municipal”.

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