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Plaza de Cibeles in dusk. Madrid, Spain

#Alerta_ZBE: ¿Se puede circular por Madrid sin etiqueta ambiental?

Pero ¿no estaba prohibido circular por Madrid sin etiqueta, aunque fueras residente, desde el pasado 1 de enero? Entonces, si entro con el coche sin etiqueta a Madrid, ¿recibiré una multa de 200 euros?

La implantación completa de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid, que, efectivamente, comenzó al arrancar el presente 2025, ha cogido desapercibidos a numerosos conductores madrileños. Muchos de ellos no han recibido la información adecuada y no saben qué ha pasado con la prohibición total de circular por Madrid a esos vehículos son etiqueta ambiental. Por eso, los expertos de Alquiber han decidido pasar revista a la situación, tal y como está a día de hoy, y despejar todas sus dudas.

Bajo el marco de la Estrategia de Sostenibilidad Madrid 360 para la reducción de los óxidos de nitrógeno en la ciudad, el Ayuntamiento de Madrid puso en marcha en enero de 2022 la Zona de Bajas Emisiones, que, un año después, comenzó a activar las restricciones de acceso a la capital: el 1 de enero de 2023, los coches sin etiqueta ambiental no residentes dejaron de poder circular por el interior de la M-30 (y por esta misma vía); desde el 1 de enero de 2024, los coches sin etiqueta no residentes tampoco pueden circular por todo el término municipal de Madrid; y, según estaba previsto, desde el pasado 1 de enero de 2025, los coches sin etiqueta empadronados en la capital se sumarían a estas restricciones.

Sin embargo, aunque el Ayuntamiento de Madrid sí ha hecho efectiva esta prohibición, aún no ha activado las denuncias y sanciones que la deberían acompañar, ya que ha aprobado una moratoria de un año para su puesta en marcha, que permitirá a estos vehículos seguir circulando por todo el término municipal hasta el 31 de diciembre de 2025. De este modo, seguirá activo hasta final de año el periodo de aviso, por el que los infractores recibirán en su casa una carta de carácter informativo en lugar de ser sancionados por una infracción grave de tráfico con una multa de 200 euros (100 euros si es por pronto pago) como sucede en cualquier otra zona de bajas emisiones del territorio nacional.

Además, junto al anuncio de esta moratoria, el Ayuntamiento de Madrid también ha detallado las excepciones autorizadas para los propietarios de coches sin etiqueta no residentes o que no abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en Madrid, que no pueden circular por ninguna calle o carretera del término municipal desde el 1 de enero de 2023.

  • Podrán circular por Madrid los autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años (cumplidos en 2025) en adelante para los que, al menos, el 50 % de su flota sea vehículos A de más de 3,5 toneladas.
  • También estarán exentos los titulares de vehículos A o familiares que lo necesiten para su traslado a clínicas y hospitales para someterse a tratamientos médicos y se establecerá un procedimiento para solicitar el acceso por registro -no se realizará de oficio.
  • Finalmente, se permitirá el acceso temporal a los vehículos A de aquellas personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que por cuestiones de fabricación no lo hayan recibido todavía.

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