51.000 autónomos, 54.200 empresas, 355.000 trabajadores, 34.800 locales y 63 parques empresariales, afectados por la dana
La magnitud del desastre ocasionado por la dana es muy difícil cuantificar tras los seis días transcurridos. Más de 200 muertos, cientos de desaparecidos, pueblos sumidos en el lodo y la basura, sin luz ni agua potable, carentes de productos básicos, y la economía de la zona en situación catastrófica. El presidente de ATA, Lorenzo Amor, afirma en un comunicado en la red social X que en los 65 municipios y barrios más afectados por la dana hay 51.000 autónomos, 54.200 empresas, 355.000 trabajadores, 34.800 locales y 63 parques empresariales, es decir, un tercio de las empresas y trabajadores de la provincia de Valencia. La mayoría de estos negocios, autónomos o empresarios, están afectados en mayor o menor medida.
Por este motivo, la Conselleria valenciana de Educación, Cultura, Universidades y Empleo ha recomendado habilitar la opción del teletrabajo para las personas afectadas por la dana.
Señala en un comunicado que las circunstancias de la Comunidad Valenciana, y en especial de la provincia de Valencia, han cambiado con motivo de la dana hasta convertirse en una situación excepcional para miles de trabajadores que no podrán incorporarse presencialmente a sus puestos de trabajo.
Así, en tanto que las personas afectadas tengan dificultades para desplazarse a sus puestos y para evitar riesgos en los mismos, o en los casos de las personas que estén desarrollando labores de rescate, búsqueda de personas o recuperación de viviendas, se plantea la opción del teletrabajo siempre que sea posible por las características del puesto que se desarrolle.
La Conselleria recuerda, asimismo, que para que esta posibilidad sea real debe darse un acuerdo entre empresario y trabajador, por lo que hace un llamamiento a ambas partes para poder ponerla en práctica.
Negocios afectados por la DANA
Los negocios afectados por la dana pueden solicitar un ERTE por fuerza mayor y los autónomos, la prestación por cese de actividad.
Por su parte, los autónomos afectados pueden pedir la prestación por cese -que es del 70 % de la base reguladora- sin periodo de carencia (es decir, sin ningún tiempo mínimo) y sin que computen los días de prestación consumidos que, además, se contabilizan como cotizados.
Además, las empresas afectadas pueden solicitar un ERTE por fuerza mayor para suspender temporalmente la relación laboral o reducir la jornada de sus trabajadores, con una exención total de las cotizaciones a la Seguridad Social y sin que los trabajadores consuman su prestación por desempleo.