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Declaración de la Renta 2023-2024: Todos los cambios para los trabajadores

Declaración de la Renta 2023-2024: Todos los cambios para los trabajadores

04 marzo, 2024
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Actualizado: 04 marzo, 2024 16:35
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Sara Anguera. La declaración de la renta es el procedimiento mediante el cual se suministra a la entidad fiscal correspondiente, ya sea la DIAN o la Agencia Tributaria, información detallada sobre los ingresos, activos, gastos y deducciones de un individuo durante un año fiscal específico. Esta información se emplea para determinar la cantidad de impuestos que el contribuyente debe abonar o tiene derecho a recibir como reembolso, considerando su situación personal y familiar. Es relevante destacar que no todos los ciudadanos están obligados a presentar la declaración de impuestos; esta responsabilidad está sujeta a los niveles de ingresos anuales y otros criterios definidos por la legislación tributaria vigente.

Este proceso es obligatorio para todos los ciudadanos, quienes deben pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a la Agencia Tributaria. Este impuesto está relacionado con todos los ingresos percibidos durante el año, ya sea a través de salarios, activos financieros o inversiones.

Nueva fecha para realizar la Declaración de la Renta

La campaña de este año, correspondiente al ejercicio fiscal 2023-2024, ha experimentado una serie de modificaciones y novedades introducidas por Hacienda durante la legislatura anterior, las cuales impactarán a los contribuyentes que superen cierto umbral de ingresos. Por lo tanto, es aconsejable mantenerse bien informado para evitar contratiempos al llevar a cabo este procedimiento.

En primer lugar, una de las cosas que ha cambiado en esta Declaración de la Renta es que la fecha de inicio de la próxima campaña ha sido adelantada, comenzando el 3 de abril y concluyendo el 1 de julio, otorgando un plazo definido para cumplir con estas obligaciones fiscales.

Por otro lado, otro de los cambios que se han implementado en esta nueva Declaración de la Renta es que se ha incrementado el umbral mínimo para la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 14.000 a 15.000 euros para los empleados asalariados que hayan recibido ingresos de dos o más pagadores, pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

Esto significa que aquellos individuos cuyos ingresos sean inferiores a 15.000 euros no estarán obligados a presentar la declaración de impuestos este año.

¿Cuáles son las nuevas deducciones que se podrán implementar en la declaración de la Renta?

La deducción por gastos de difícil justificación es un beneficio fiscal que la Hacienda otorga automáticamente a los autónomos al presentar su declaración de renta. Sin embargo, este beneficio tiene ciertos límites y no se aplica a todos.

En primer lugar, se aplica únicamente a aquellos autónomos que tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) mediante el régimen de estimación directa simplificada, excluyendo a los que tributan por módulos y a los que ejercen actividades empresariales.

En segundo lugar, el límite máximo de deducción es de 2.000 euros al año. A partir de la renta de este año, la deducción se incrementará al 7 %, en comparación con el 5 % previo. En términos prácticos, esto significa que los autónomos pagarán menos IRPF.

Para concluir, la declaración de la renta para el periodo 2023-24 incluye nuevas deducciones fiscales aplicables a todos los contribuyentes, no exclusivas para autónomos. Sin embargo, ser autónomo puede suponer una barrera para beneficiarse de algunas de ellas.

Las nuevas deducciones por maternidad

La primera deducción que podría aplicarse es la de la compra de coche eléctrico e instalación de infraestructura de recarga eléctrica. Se puede obtener una deducción del 15 % si la compra y la instalación ocurren después del 30 de junio de 2023. Es importante destacar que ni la compra ni la instalación pueden estar destinadas a la actividad del autónomo.

Por otro lado, se ha añadido la deducción por inversión en empresas de nueva creación. Al comprar acciones o participaciones en una empresa recién creada, se aplica una deducción del 50 %, con un límite de 100.000 euros anuales.

Seguidamente, se amplían las deducciones por maternidad, en especial para las madres autónomas. Las madres autónomas pueden beneficiarse de una deducción de 1.200 euros sobre la renta, que puede ampliarse a 1.000 euros por gastos de guardería.

Por último, una de las últimas deducciones son la de los donativos. Las donaciones a ONG y entidades religiosas pueden deducirse hasta un 80 % (hasta los primeros 150 euros; entre el 35 % y el 50 % para cantidades mayores).

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