Hacienda dejará de sancionar por pequeños errores involuntarios

Hacienda dejará de sancionar por pequeños errores involuntarios

29 febrero, 2024
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Actualizado: 29 febrero, 2024 17:29
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Hacienda ha anunciado que dejará de sancionar a los contribuyentes los cuales cometan errores leves e involuntarios en la Declaración de la Renta. Esta información se publicó este jueves a través de su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024.

Este cambio se implementó debido a las reclamaciones por parte del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), el cual, en una sentencia del pasado 28 de noviembre, recordaba que existe el «derecho al error» y los contribuyentes pueden adherirse a este derecho.

Por otro lado, en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024 publicado por la Hacienda, también se recoge que durante este último ejercicio la administración continuará con los trabajos encaminados a la revisión de criterios operativos de aplicación del régimen sancionador tributario con el objetivo de mejorar los procesos de detección de la culpabilidad y centrar las sanciones en conductas de mayor gravedad.

Hacienda tendrá en cuenta los casos en los que los errores sean hechos de forma ocasional

«Se trata con ello de valorar la conducta previa del obligado tributario cuando este incurre en errores o en pequeños incumplimientos involuntarios, especialmente en aquellos casos en los que no existe perjuicio económico», explicaron sobre este cambio desde la administración pública.

A su vez, dentro de este nuevo cambio se tendrá en cuenta el no imponer sanciones en los casos en los que el contribuyente que ha cometido el incumplimiento lo ha hecho de forma ocasional y es tradicionalmente cumplidor. Con esto, Hacienda se abre a dejar de sancionar a los ciudadanos por pequeños e involuntarios errores que cometen en sus declaraciones, ante la dificultad de las normas tributarias.

Aún así, dentro del Plan Anual no se deja totalmente en claro qué considerará la Agencia Tributaria como «pequeños errores» o pequeños incumplimientos involuntarios. Por otro lado, tampoco se indaga en sobre cuales son los puntos en clave a tener en cuenta sobre esta consideración.

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