El TJUE da la razón a Naturgy y EDP frente a Bruselas por ayudas al carbón en España

El TJUE da la razón a Naturgy y EDP frente a Bruselas por ayudas al carbón en España

14 diciembre, 2023
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Actualizado: 14 diciembre, 2023 12:15
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio este jueves la razón a Naturgy y EDP España en su recurso contra la investigación iniciada por Bruselas sobre el régimen de ayudas en España a centrales de carbón para reducir emisiones, con el que se concedieron más de 440 millones de euros a catorce plantas.

En su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia anula un dictamen anterior del Tribunal General que rechazaba el recurso de las dos eléctricas españolas, por lo que implícitamente el TJUE también anula la decisión de la Comisión Europea de abrir su investigación.

El Ejecutivo comunitario abrió una investigación en 2017 para determinar si el incentivo medioambiental de España a las centrales de carbón se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE.

Se trataba de 14 centrales que habían recibido unos 440 millones de euros desde 2007 para financiar mejoras tecnológicas para ser menos contaminantes.

Bruselas temía que las ayudas se utilizasen para cumplir con obligaciones medioambientales de la UE que eran imperativas en cualquier caso, lo que podría falsear el mercado de la electricidad además de ser incompatible con las normas del mercado interior.

Naturgy apoyada por EDP España y Viesgo recurrieron la decisión de Bruselas sobre las ayudas al carbón

Naturgy, empresa anteriormente conocida como Gas Natural y apoyada por EDP España y Viesgo, recurrió esa decisión de la Comisión ante el TGUE, al considerar que no estaba suficientemente motivada, entre otros aspectos.

Pero la primera instancia de la corte con sede en Luxemburgo -contra la que se puede interponer un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE, máxima instancia administrativa de la justicia comunitaria- rechazó ese recurso en abril de 2021, de forma que proseguía el procedimiento de investigación formal de la Comisión.

Pero hoy el TJUE dictaminó que el Tribunal General cometió varios errores de Derecho con respecto a la obligación de motivación que pesa sobre la Comisión Europea a la hora de adoptar de abrir el procedimiento de investigación formal sobre ayudas estatales.

En un procedimiento de investigación formal por dudas de incompatibilidad con el mercado interior, aunque solo sea con carácter preliminar, las autoridades de la competencia comunitarias están obligadas a mostrar de manera clara e inequívoca las razones por las que las que estiman que las ayudas pueden ser incompatibles.

Media selectiva

En particular, según el TJUE, si estima que una medida es selectiva, Bruselas debe precisar, al menos sucintamente, las razones por las que considera que dicha medida beneficia a determinadas empresas en comparación con otras que se encuentran en una situación fáctica y jurídica comparable.

En consecuencia, el Tribunal de Justicia anula asimismo la decisión de la Comisión de investigar a las ayudas a eléctricas españolas pues considera que dicha institución no respetó la exigencia de motivación que le incumbe, ya que no expuso las razones por las que la medida controvertida (el «incentivo de inversión medioambiental») supuestamente favorecía a determinadas empresas o producciones. 

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