El juzgado de instrucción nº 41 de Madrid, que dirige el magistrado Juan Carlos Peinado y que investiga una querella de Urbas contra el fondo Roundshield por estafa procesal, ha instado verbalmente a los administradores concursales de la empresa «a abstenerse de realizar actos administrativos sobre los activos de la empresa concursada».
Así consta en un escrito de los administradores concursales -Auren Kepler Karst- fechado el pasado 25 de mayo al que ha tenido acceso Efe y dirigido al juzgado mercantil nº 2 de Madrid, que es el que lleva el proceso concursal de Urbas.
El pasado mes de septiembre la empresa de infraestructuras, promoción inmobiliaria, renovables y servicios se declaró en concurso de acreedores, del que se comprometió a desistir si podía ejecutar un plan de reestructuración.
Plan de reestructuración de Urbas
Dicho plan de reestructuración se vio comprometido por la valoración a cero de activos que habían servido como garantía de un préstamo, que fue lo que motivó la querella de Urbas contra el fondo luxemburgués Roundshield y sociedades anejas.
La querella fue admitida a trámite en diciembre de 2025 por el titular del juzgado nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, y en ella Urbas acusa a Roundshield de estafa procesal tras haber valorado en cero euros unos activos que sirvieron previamente como garantía de un préstamo.
A finales de abril, la empresa solicitó la retirada de Auren Kepler como administrador concursal por sus vínculos con Roundshield, al entender que determinados miembros de la administración concursal están interviniendo de forma efectiva en cuestiones directamente vinculadas al conflicto entre Urbas y RS Lender, -sociedad dependiente de Roundshield-.
Citación
En el marco de la querella, el juez Peinado citó el pasado 2 de mayo a los administradores concursales, pero únicamente acudió uno de ellos, por lo que el magistrado optó por citarles a todos el próximo 8 de junio.
Asimismo, «bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial», les instó a abstenerse de seguir llevando a cabo sin su autorización «ningún acto de administración y de disposición en el concurso de Urbas».
Auren Kepler considera esta disposición como una medida cautelar con efectos directos en el proceso concursal y pide que se anule, ya que en su opinión el único juez que puede intervenir en el concurso es el que directamente lo gestiona, cuya jurisdicción es «exclusiva».
Los hechos que investiga la querella, prosigue Auren Kepler, se produjeron con anterioridad al concurso de acreedores, por lo que dicha medida sólo puede tener como objetivo «fiscalizar su actividad como administrador concursal y llevar a cabo una actividad de hostigamiento fuera de la jurisdicción del juez competente en el concurso».
